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ANTEPROYECTO DE PRINCIPIOS Y DIRECTRICES PARA LA APLICACIÓN DE LA GESTIÓN DE RIESGOS MICROBIOLÓGICOS (Tema 6 del programa)[6]

83. La delegación de Francia presentó el documento CX/FH 00/6 y subrayó que se había revisado y reestructurado desde la última reunión teniendo en cuenta las recomendaciones de la Consulta FAO/OMS de expertos sobre gestión de riesgos e inocuidad de los alimentos, así como las observaciones recibidas de los Estados Miembros. La delegación informó de que los principales cambios se habían hecho en la Sección 5.1, Actividades iniciales de la gestión de riesgos. Se había modificado el término Objetivos de inocuidad de los alimentos(OIA) por el de Objetivos de inocuidad microbiológica de los alimentos (OIMA), aunque se había advertido que sería necesario seguir elaborando ese concepto. El grupo de redacción señaló que el CCGP no había llegado a un consenso sobre el “Principio precautorio” y que, con el fin de facilitar el debate en el CCFH, se había adjuntado al documento el extracto del informe del CCGP.

84. El Comité expresó su agradecimiento a la delegación de Francia y a sus colaboradores en la redacción por su labor. La delegación de Nueva Zelandia resaltó la importancia de que se elaboraran estos principios y directrices para la labor futura del Comité e indicó que la gestión de riesgos microbiológicos era una materia nueva para el mismo. La delegación señaló que, aunque el marco inicial para realizar este trabajo se había tomado prestado de la evaluación/ gestión de riesgos químicos, actualmente se había puesto de manifiesto que la gestión de riesgos microbiológicos era muy diferente y que la interacción entre los encargados de la evaluación de riesgos y los encargados de la gestión de riesgos era un factor muy importante en la gestión de riesgos microbiológicos. Además, eran muchas más las opciones de gestión de riesgos que habían de tenerse en cuenta en la gestión de peligros microbiológicos que en la de peligros químicos. Asimismo se señaló que, hasta entonces, no había una evaluación de riesgos oficial para que el Comité la analizara.

85. Varias delegaciones expresaron su preocupación respecto a las definiciones de ese documento. El Comité acordó que, cuando existieran, se deberían utilizar las definiciones aprobadas por la Comisión. La delegación de los Estados Unidos pidió que la definición de riesgos microbiológicos tuviera correlación con la definición de riesgos ya elaborada por la Comisión. En relación con los OIMA, señaló que era prematuro definir ese término, ya que el concepto todavía se estaba elaborando. Las delegaciones determinaron varios otros términos que se debían definir en la Sección 2 de ese documento. Eran, entre otros, nivel tolerable de riesgo (NTR), peligro microbiológico, nivel apropiado de protección, perfil de riesgo, partes interesadas, interesados, política de gestión de riesgos y nivel admisible de riesgo. La delegación de Dinamarca subrayó que al definir términos como NTR, OIMA, nivel apropiado de protección y criterios microbiológicos era importante examinar cómo se relacionaban estos términos entre sí y si todos ellos eran necesarios. El Comité tomó también nota de que, para términos como NTR y OIMA, era necesaria una definición más precisa de los conceptos antes de que se pudieran definir los términos.

86. La delegación del Reino Unido expresó cierta preocupación con respecto a la sustitución del término OIA por OIMA e indicó que este término tal vez limitase el concepto de OIA ya que sería interpretado como un criterio microbiológico. Con el fin de aclarar esta cuestión, la delegación de Francia señaló que el ámbito de aplicación de los OIMA se detallaba en la Sección 5.2.1.1. El Representante de la ICMSF informó al Comité de que el término “microbiológica” se había incluido para aclarar que en el documento se estaban examinando OIA que se referían a peligros microbiológicos y con el fin de evitar cualquier confusión con el concepto examinado por el CCGP y el CCFICS, y que no pretendía limitar el concepto de OIA. El Presidente indicó que, ya que la situación había cambiado y que el CCFH era el único Comité que actualmente trataba este concepto, era entonces posible que el CCFH retomase el uso del término OIA.

87. El Comité mantuvo un amplio debate sobre el Principio 4, que se refería a la relación entre la gestión de riesgos y la evaluación de riesgos. La delegación de Nueva Zelandia propuso que se confiriera más flexibilidad a ese principio para resaltar la importancia de la interacción entre los encargados de la gestión de riesgos y los encargados de la evaluación de riesgos y que la política de evaluación de riesgos no se podía determinar completamente antes de que hubiera comenzado la evaluación de los riesgos. La delegación de los Estados Unidos expresó su preocupación porque el principio no evidenciaba la necesidad de identificar el sesgo y propuso que se incluyera la siguiente frase: “Los encargados de la evaluación de riesgos deben fundamentar los efectos de esas políticas sobre la evaluación”. Aunque muchas delegaciones mostraron su apoyo para que se hiciera hincapié en la necesidad de la interacción, también se insistió en la necesidad de que los principios se mantuvieran lo más simples y ajustados que fuera posible. El Comité decidió conservar la primera frase del principio, añadiendo la expresión “asegurando al mismo tiempo la transparencia y la interacción apropiada entre ellos” basada en el Informe de la Consulta de expertos de la OMS celebrada en Kiel[7]. La segunda frase de este principio, así como la inserción propuesta por la delegación de los Estados Unidos, se trasladaron a la Sección 5.1.5.

88. Tras un debate sobre el Principio 6, el Comité decidió mantener los corchetes, ya que la cuestión del enfoque precautorio seguía siendo objeto de debate en el CCGP, y aceptó la propuesta de la Comisión Europea de añadir “en espera de información científica ulterior” al final de la frase.

89. El Comité también mantuvo un amplio debate sobre el Principio 8 que se refería a las decisiones sobre gestión de riesgos. Algunas delegaciones expresaron preocupación por su falta de flexibilidad. El Comité, sin embargo, decidió que este principio se debía centrar en la importancia de la cadena alimentaria completa aunque reconoció que no todas las decisiones sobre gestión de riesgos requerían un examen de la misma. Se modificó ligeramente el Principio 8 para que dijera lo siguiente “Las decisiones sobre gestión de riesgos deberán tener en cuenta la cadena alimentaria completa, desde la producción primaria hasta el consumo, incluidos los alimentos importados".

90. En relación con el Principio 10, el Comité acordó que se incluyera la palabra “esencial” en reconocimiento del hecho de que no era factible que se analizara una decisión sobre gestión de riesgos cada vez que se dispusiera de nueva información. Respecto al Principio 11, el Comité señaló que las medidas se deberían “revisar” en lugar de “examinar”.

91. La delegación de Nueva Zelandia planteó la cuestión de incluir como nuevo principio de la gestión de riesgos la vigilancia y la supervisión que no se incluían actualmente en ese documento. Se subrayó que se trataba de cuestiones fundamentales, especialmente teniendo en cuenta la falta de datos reconocida por la Consulta FAO/OMS de expertos sobre evaluación de riesgos microbiológicos. El Comité se mostró de acuerdo en remitir esta cuestión al grupo de redacción para que analizara su inclusión.

92. El Comité tomó nota del estado de en que se encontraba el examen del enfoque precautorio por el CCGP. El Observador de la Unión Internacional de Consumidores, apoyado por algunas delegaciones, propuso que se elaborase una Circular pidiendo a los Miembros que explicaran de manera concreta cómo se utilizaba o se podría utilizar el enfoque precautorio en el contexto de la evaluación de riesgos microbiológicos. La Secretaría informó al Comité de que el CCGP ya había enviado una circular con un contenido similar al propuesto. Aunque había cierta frustración ante la falta de progresos en este ámbito, el Comité se mostró de acuerdo en que no era cometido del CCFH definir la aplicación esencial del enfoque precautorio en la labor del Codex.

93. Atendiendo la propuesta de la delegación de Suecia, el Comité acordó que se enviara una Circular a los Estados Miembros pidiéndoles información sobre sus opiniones con respecto a los objetivos de inocuidad de los alimentos que se presentaban en la Sección 5.2.1.1 del documento CX/FH 00/6 y, si fuera posible, ejemplos de los mismos. Las respuestas se enviarían directamente al presidente del grupo de redacción.

94. Se remitieron las siguientes propuestas al grupo de redacción para que las analizara y siguiera perfeccionando el documento:

Estado de tramitación del Anteproyecto de Principios y Directrices para la Aplicación de la Gestión de Riesgos Microbiológicos

95. El Comité acordó devolver el documento al Trámite 3. Asimismo, convino en que la delegación de Francia, con la ayuda de sus colaboradores en la redacción, revisara el documento, teniendo en cuenta las observaciones surgidas en la presente reunión, el Informe de la Consulta de expertos de la OMS celebrado en Kiel sobre la interacción entre los encargados de la gestión y los encargados de la evaluación de peligros microbiológicos y cualesquiera observaciones recibidas en respuesta a la circular sobre los OIA. El Comité decidió recordar al CCGP la importancia de alcanzar una resolución sobre la cuestión del enfoque precautorio con el fin avanzar en la elaboración de ese documento.


[6] CX/FH 00/6; CX/FH 00/6-Add.1 (observaciones de los Estados Unidos de América, México, Nueva Zelandia, Polonia, Comunidad Europea y Consumidores Internacionales); CRD 13 (observaciones de Finlandia); CRD14 (observaciones de China); CRD 15 (observaciones de ALD); CRD 20 (observaciones de Filipinas); CRD 22 (observaciones de Brasil).
[7] La interacción entre los encargados de la Evaluación y los encargados de la gestión de peligros microbiológicos en los alimentos. Proyecto de informe de la Consulta de expertos de la OMS, Kiel, Alemania, 21- 23 de marzo de 2000.

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