Página precedente Indice Página siguiente


ANTEPROYECTO DE CÓDIGO DE ÉTICA REVISADO PARA EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ALIMENTOS (Tema 6 del programa)[15]

114. En su 13ª reunión, el Comité había propuesto que se revisara el Código de Ética con el objetivo siguiente: tener en cuenta los textos sobre importaciones y exportaciones de alimentos que había elaborado el CCFICS y la entrada en vigor de los Acuerdos sobre MSF y sobre OTC, afrontar la situación específica de los países en desarrollo y actualizar en general sus disposiciones para hacerlas compatibles con los textos vigentes del Codex. Tras la aprobación como nuevo trabajo por la Comisión en su 22º período de sesiones, se había distribuido un primer borrador en el Trámite 3. El Comité en su 15ª reunión (2000) había acordado que se reelaborara el texto para su distribución en el Trámite 3 y consiguiente examen.

115. La Secretaría recordó que en la última reunión del Comité no se había examinado el texto en detalle y que quedaban por abordar varias cuestiones presentadas en las observaciones: la importancia del Código en el marco de la OMC, la aplicabilidad de un texto del Codex a los operadores comerciales y también a los gobiernos, y el no cumplimiento de las disposiciones del Código.

116. Muchas delegaciones apoyaron la revisión del Código con su ámbito de aplicación y formato actuales para proporcionar orientación tanto a los gobiernos como a los comerciantes de alimentos, al propio tiempo que se señalaba que no se habían afrontado varias cuestiones importantes, que requerían un examen detallado por el Comité; se requerirían asimismo nuevas enmiendas para simplificar y actualizar el texto. Varias delegaciones señalaron que debido a limitaciones de tiempo no se había podido hasta la fecha celebrar un debate sustancial sobre el Código, y que debía ser examinado antes de la siguiente reunión o como cuestión de prioridad a debatir en la misma.

117. Muchas delegaciones se mostraron favorables a la simplificación de la sección 5 y la sección alternativa 5.1 con una referencia general a las normas del Codex. Algunas delegaciones y observadores propusieron mantener las secciones 5.10 y 5.11 sobre alimentos para niños de pecho, niños de corta edad y grupos vulnerables, dada su importancia para afrontar esos problemas específicos de salud pública. También se hizo referencia a la relación existente entre la sección 5.9 (alimentos obtenidos por medios biotecnológicos) y el Protocolo de Cartagena.

118. Algunas delegaciones propusieron que se recomendara la armonización de las normas nacionales con las del Codex teniendo en cuenta las disposiciones de los Acuerdos sobre MSF y sobre OTC de la OMC. Otras delegaciones expresaron la opinión de que las normas del Codex debían tenerse en cuenta, pero que los gobiernos tenían el derecho de establecer normas nacionales que podían diferir de las normas internacionales, siempre que cumplieran con sus obligaciones en el ámbito de la OMC.

119. La delegación de Suecia, hablando en nombre de la CE y refiriéndose a sus observaciones escritas, presentó la propuesta de la CE de enmendar el ámbito de aplicación y la finalidad del Código, con el fin de centrar la atención en algunas consideraciones éticas de más amplio alcance en relación con las prácticas seguidas en el comercio de alimentos. Varias delegaciones expresaron su preocupación por algunos elementos de la propuesta de la CE y apoyaron la utilización del borrador actual de la Secretaría como base para su ulterior revisión.

120. La delegación de la India, apoyada por otras delegaciones y observadores, propuso que se examinaran los problemas que causan a los países en desarrollo las exportaciones de alimentos con reducida duración en almacén. La delegación apoyó también la propuesta de reforzar el Artículo 11 relativo a los países en desarrollo a la luz de disposiciones específicas del Acuerdo sobre MSF. La delegación de Marruecos expresó el deseo de que los países desarrollados aplicaran programas para potenciar la capacidad de los países en desarrollo de producir, importar y exportar alimentos inocuos bastante antes de que se ultimase el Código, ya que su terminación llevaría cierto tiempo.

121. La delegación de Uganda, apoyada por otras delegaciones y observadores, recalcó los problemas causados por las exportaciones a países en desarrollo de alimentos rechazados en el punto de importación en otros países, especialmente en el caso de alimentos para lactantes y niños de corta edad. El Comité acordó que las disposiciones del Código contuvieran recomendaciones claras para resolver tales situaciones. El observador de IBFAN propuso que se mantuviera la referencia a un examen periódico según se menciona en el Artículo 10 del presente Código.

122. El Comité tomó nota de que los puntos que se indican a continuación requerirían ulterior examen: exportación de alimentos que no cumplen los requisitos de los países exportadores; la exportación de alimentos destinados a elaboración posterior en el país importador; los requisitos aplicables a los alimentos en tránsito, y la necesidad de transacciones de ayuda alimentaria que se ajusten al Código incluso en situaciones de emergencia. Los observadores de la Unión Internacional de Consumidores y la IACFO propusieron que se incluyera una referencia a la transparencia en la selección de expertos. La Secretaría indicó que el Código abordaba cuestiones de importación/exportación y que estaba destinado a quienes se dedicaban al comercio internacional, mientras que la transparencia en el análisis de riesgos era a la fecha objeto de examen en el marco de los Principios de aplicación prácticos para el análisis de riesgos.

123. Respondiendo a algunas preguntas sobre el carácter del Código, el Representante de la OMC indicó que el Código podría considerarse pertinente en el marco del Acuerdo sobre MSF en la medida en que sus disposiciones se aplicaran a las medidas sanitarias, pero parecía improbable que fuese un factor decisivo en una situación de controversia. El Presidente sugirió que sería útil recibir ulteriores aclaraciones de la OMC sobre el carácter del Código en el marco de los Acuerdos sobre MSF y sobre OTC.

ESTADO DE TRANSICIÓN DEL ANTEPROYECTO DE CÓDIGO DE ÉTICA REVISADO PARA EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ALIMENTOS

124. El Comité acordó que la Secretaría volviese a redactar el anteproyecto de Código teniendo en cuenta las observaciones recibidas y el debate sostenido en la presente reunión, para su distribución en el Trámite 3 y su examen en la próxima reunión entre los primeros temas del programa.


[15] CX/01/7; CX/GP 01/7-Add.1 (observaciones de Costa Rica, Malasia, CI, ENCA IDF); CX/GP 01/7-Add.2 (observaciones de la CE, IBFAN); CRD 1 (observaciones de Tailandia); CRD 9 (observaciones de la India)

Página precedente Inicìo de página Página siguiente