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El Convenio sobre la diversidad biológica: el marco ético y jurídico, la investigación y la biodiversidad

S.A. Laird

Sarah A. Laird es una consultora independiente
que se ocupa de cuestiones relacionadas
con el acceso y la distribución de beneficios
de la biodiversidad, así como con la aplicación
del Convenio sobre la diversidad biológica.

El proceso normativo del Convenio sobre la diversidad biológica ha proporcionado un foro importante para abordar cuestiones relacionadas con el acceso y la distribución de beneficios en materia de biodiversidad, como los derechos tradicionales sobre los recursos, los derechos de propiedad intelectual y la equidad en el comercio de recursos genéticos.

El contexto ético, comercial y normativo en el que se desarrolla la labor de prospección, investigación y conservación de la biodiversidad ha evolucionado notablemente en el transcurso del último decenio. El Convenio sobre la diversidad biológica (CDB) ha impulsado algunos de esos cambios, entre los que cabe mencionar los siguientes:

Se reconocen los derechos de las poblaciones indígenas y las comunidades locales a controlar la investigación, prospección y conservación de la biodiversidad y a beneficiarse de ellas, y se configuran cada vez más en instrumentos de política y en documentos elaborados por grupos de poblaciones indígenas.

Los países en desarrollo con gran riqueza de biodiversidad a los que se pide que reserven o gestionen zonas extensas con fines de conservación alegan que deben conseguir una participación justa en los ingresos económicos generados por la diversidad genética, de especies y de ecosistemas que conservan (Sánchez y Juma, 1994). Los países desarrollados que persiguen la conservación de la biodiversidad han tratado de mantener un acceso permanente a los recursos genéticos para la investigación con fines académicos y comerciales. El CDB refleja el acuerdo alcanzado por esos grupos diversos y ha sido calificado como el «gran acuerdo» (Gollin, 1993). El CDB vincula claramente las preocupaciones ambientales con aspectos planteados recientemente en relación con los derechos humanos y el comercio; al mismo tiempo que establece condiciones generales y específicas para el comercio de los recursos genéticos, reconoce el valor de los bienes y servicios no comerciales y estipula compromisos éticos explícitos respecto de la justicia y la equidad (Downes, 1994; McNeely, 1999).

LA PROSPECCIÓN COMERCIAL DE LA BIODIVERSIDAD

La prospección de la biodiversidad, o «bioprospección», fue definida por Reid et al. (1993) como la exploración de la biodiversidad para la obtención de recursos genéticos y productos bioquími-cos con valor comercial. Comprende una gran variedad de actividades comerciales en los sectores farmacéutico, de la biotecnología, las semillas, la protección de los cultivos, la horticultura, la medicina botánica, la cosmética y el cuidado personal, y los alimentos y las bebidas.

La utilización comercial de la biodiversidad plantea problemas en relación con la conservación y la utilización sostenible; por ejemplo, se extraen árboles de Pausinystalia johimbe de forma no sostenible en toda el África central para la venta de corteza en los mercados farmacéuticos internacionales

- T.C.H. SUNDERLAND

El ejemplo más claro de una especie arbórea forestal con potencial comercial, y de los problemas que plantea en relación con la conservación y utilización sostenible, es el tejo del Pacífico, Taxus brevifolia, de cuya corteza se obtiene el taxol, un medicamento contra el cáncer. El taxol, desarrollado a partir de las recolecciones realizadas en 1982 en el marco del programa de investigación del Instituto Nacional del Cáncer de los Estados Unidos, y comercializado por la empresa Bristol-Myers Squibb Co. bajo el nombre de «Paclitaxel», está siendo uno de los medicamentos de mayor venta en los últimos años; en 1998, las ventas a escala mundial ascendieron a 1 200 millones de dólares EE.UU. (Med Ad News, 1999). Los suministros silvestres procedentes del área de distribución del árbol, desde el norte de California en los Estados Unidos hasta Columbia Británica en el Canadá, han resultado insuficientes para sostener la producción comercial. Sin embargo, la preocupación pública sobre la sostenibilidad del suministro de Taxus brevifolia fue contrarrestada por la preocupación de que la limitación de la recolección de la especie silvestre pudiera limitar el acceso a un importante medicamento destinado a salvar vidas humanas. En Francia se han desarrollado métodos para convertir el compuesto precursor del taxol, la baccatina, a partir de Taxus baccata, y en la actualidad la fuente de materia prima del taxol se encuentra en Europa (ten Kate y Laird, 1999). Existen considerables diferencias en los sectores industriales que utilizan recursos genéticos, y entre ellos, cabe mencionar las siguientes:

La mayor parte de los sectores comerciales involucrados actualmente en la prospección de la biodiversidad tiene sus raíces en los sistemas de conocimientos tradicionales; en la fotografía, un vendedor de plantas medicinales en Bata, Guinea Ecuatorial

- S.A. LAIRD

EL ACCESO Y LA DISTRIBUCIÓN DE BENEFICIOS SEGÚN EL CDB

El CDB se ocupa de formas distintas de cuestiones relativas a la investigación y prospección en materia de biodiversidad. El artículo 15 establece el derecho soberano de los Estados sobre sus recursos naturales y exhorta a las Partes en el Convenio a facilitar el acceso a los recursos genéticos. El acceso debe concederse en condiciones mutuamente convenidas, con sujeción al consentimiento fundamentado previo de la Parte que suministra los recursos, con la finalidad de distribuir de forma justa y equitativa los resultados en materia de investigación y desarrollo y los beneficios derivados de la utilización comercial y de otros usos de los recursos genéticos. El artículo 16 insta a transferir tecnología a los países que facilitan el acceso a los recursos genéticos. El artículo 19 promueve la participación efectiva de los proveedores de recursos genéticos en la investigación biotecnológica sobre los recursos genéticos que aportan. El artículo 8j se refiere a los conocimientos tradicionales y fomenta una mayor aplicación de los conocimientos, innovaciones y prácticas de las comunidades indígenas y locales, con su aprobación y participación, y alienta la participación equitativa en los beneficios derivados de esa utilización o aplicación.

La configuración del CDB respondió a una serie de tendencias existentes en las comunidades dedicadas a la conservación, el desarrollo y la investigación, tales como el reconocimiento de los vínculos entre el desarrollo sostenible y la conservación, la conciencia de la necesidad de involucrar a las distintas partes interesadas en los procesos de adopción de decisiones sobre la ordenación de los recursos, y las medidas encaminadas a asegurar que las poblaciones indígenas y las comunidades locales den su consentimiento fundamentado previo y reciban beneficios de esas actividades. La elaboración y aplicación del CDB se ha visto también influida por tendencias existentes al margen del campo tradicional de la conservación de los bosques y la biodiversidad, como las que se indica la continuación.

Una mayor capacidad científica y tecnológica para estudiar y utilizar los recursos genéticos. Los avances científicos y tecnológicos registrados en sectores que utilizan la biodiversidad (y en algunos casos los conocimientos tradicionales), como la biología, la química, la genómica y la tecnología de la información, tienen lugar a gran velocidad y han modificado la forma en que se utilizan los productos naturales para la investigación y el desarrollo. Al mismo tiempo, una serie de nuevas tecnologías, como la química combinatoria y la selección de muy alto rendimiento, han acelerado el ritmo de la investigación y el desarrollo, incluso en lo que se refiere a los productos naturales (ten Kate y Laird, 1999).

Una mayor globalización, alianzas estratégicas y consolidación en el sector privado. Las empresas están estableciendo alianzas entre los distintos sectores comerciales para poder participar en una investigación cada vez más especializada. La creciente fragmentación y especialización que comporta la prospección de la biodiversidad impide que una persona o grupo determinados estén en posesión de la infraestructura o conocimientos tecnológicos necesarios. Se ha generalizado a escala mundial la creación de redes complejas de cooperación y asociación (ten Kate y Laird, 1999). Los asociados de las empresas comerciales son a menudo instituciones académicas de investigación, y una de las consecuencias de la tendencia a la colaboración y a la contratación externa es la difuminación creciente de la división entre la investigación académica y comercial.

Al mismo tiempo, muchas empresas se consolidan mediante fusiones y adquisiciones, y la separación entre los distintos sectores desaparece también a medida que las compañías tratan de conseguir sinergias intersectoriales para desarrollar nuevos conocimientos y nuevos productos. Muchas empresas científicas tradicionales combinan ahora en una misma estructura dependencias relacionadas con los alimentos, las semillas y los productos químicos (Mytelka, 1999; Nayak, 1999). Una de las consecuencias de la creciente consolidación es el aumento de tamaño de unas empresas ya de por sí grandes, de manera que las rentas empresariales eclipsan el producto interior bruto (PIB) de los países en los que tratan de obtener recursos genéticos (Cuadro 1). Esto ha suscitado gran recelo en los países ricos en biodiversidad, que no pueden disponer de los mismos recursos para negociar y controlar las alianzas.

CUADRO 1. PIB* y ventas anuales de las empresas farmacéuticas, 1997

País (clasificación según el PIB)/empresa

PIB

Ingresos por atención médica

Ventas del sector farmacéutico

   

(Millones de $EE.UU.)

 

Estados Unidos (1)

8 083 400

   

Japón (2)

4 706 877

   

Alemania (3)

2 128 903

   

China (7)

962 389

   

Brasil (8)

808 147

   

Australia (14)

390 493

   

Sudáfrica (34)

129 803

   

Malasia (40)

97 240

   

Bangladesh (62)

31 359

   

Merck & Co (Estados Unidos)

 

23 637

13 282

Johnson & Johnson (Estados Unidos)

 

22 629

7 696

Ecuador (64)

19 428

   

Novartis Group (Suiza)

 

16 377

9 7327

Sri Lanka (75)

15 139

   

Bristol-Myers Squibb (Estados Unidos)

 

14 996

9 932

American Home Products (Estados Unidos)

 

14 485

11 076

Glaxo Wellcome Plc (Reino Unido)

 

13 087

13 087

SmithKline Beecham Plc (Reino Unido)

 

12 784

7 498

Pfizer Inc. (Estados Unidos)

 

12 504

9 239

Costa Rica (77)

12 067

   

Côte d'Ivoire (81)

10 453

   

Camerún (86)

9 247

   

Fiji (132)

2 183

   

Guyana (160)

695

   

Fuentes: Med Ad News, 1998; Euromonitor, 1998.
* Producto interno bruto.

Privatización de los recursos biológicos mediante la expansión de los derechos de propiedad intelectual. El sistema de patentes -que se ha desarrollado paralelamente a los avances científicos y tecnológicos- ha experimentado un proceso de globalización y armonización reglamentarias y se ha ampliado discretamente el ámbito de lo que se considera patentable (Drahos, 1999). En los últimos años, las oficinas de patentes han comenzado a expedir patentes relativas al descubrimiento de una información ya existente en el mundo natural, como las secuencias genéticas de los organismos vivos, así como respecto de vegetales, animales y microorganismos que contienen genes que han sido modificados en el laboratorio. El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio de la Organización Mundial del Comercio ha incorporado esas tendencias. Ello ha suscitado preocupaciones acerca de la privatización creciente del mundo natural, la propiedad desigual de los recursos y los conocimientos y la apropiación de los recursos y sistemas de conocimientos tradicionales de los países en desarrollo por parte de empresas privadas (Dutfield, 1999; Shiva, 1998; Ekpere, 1999).

EL ACCESO NACIONAL Y LA DISTRIBUCIÓN DE LOS BENEFICIOS

El CDB, en su condición de convenio marco, establece objetivos jurídicamente vinculantes, así como obligaciones y derechos generales de las partes, pero las actividades específicas se regulan mediante protocolos al convenio u otros instrumentos como la legislación nacional. Las leyes relativas al acceso y la distribución de beneficios que se han elaborado hasta la fecha pueden agruparse en cinco categorías (Glowka, 1998): legislación marco en materia ambiental; leyes relativas al desarrollo sostenible, la conservación de la naturaleza y la biodiversidad; leyes y decretos nacionales autónomos sobre el acceso a los recursos genéticos; modificación de las leyes y reglamentos existentes; y medidas regionales (Cuadro 2).

CUADRO 2. Legislación sobre el acceso y la distribución de beneficios, y países seleccionados que están considerando o han adoptado cada una de las opciones legislativas

Opciones legislativas

Países que postulan esas opciones

Legislación marco general sobre cuestiones ambientales (que sólo permite la adopción futura de legislación sobre el acceso y la distribución de beneficios)

Gambia, Kenya, Malawi, República de Corea, Uganda

Legislación marco relativa al desarrollo sostenible, la conservación de la naturaleza y la biodiversidad (que establece algunos principios en relación con el acceso y la distribución de beneficios pero exige la adopción de legislación adicional)

Costa Rica, Eritrea, Fiji, México, Perú

Leyes y decretos nacionales autónomos que reglamentan el acceso a los recursos genéticos

Filipinas y, a nivel estatal, Sarawak (Malasia)

Modificación de las leyes y reglamentos existentes -como los referentes a la flora y fauna silvestres, los parques nacionales, la actividad forestal y la pesca- para incluir disposiciones en materia de acceso y distribución de beneficios

Nigeria, Malasia y, a nivel estatal, Australia occidental (Australia)

Legislación marco regional (que establece principios y procedimientos comunes pero que exige una legislación nacional complementaria)

Los países del Pacto Andino (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela); también la están examinando los países de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental (ASEAN) y la Organización de la Unidad Africana (OUA)

Fuente: Barber, Glowka y La Vina, 2001, a partir de Glowka, 1998.

Aquellos casos en los que se descubrió que determinadas especies podrían tener un valor comercial han contribuido a alentar la adopción de medidas relativas al acceso y a la distribución de beneficios en muchos países. Por ejemplo, las recolecciones aleatorias que se hicieron en los años ochenta de la flora de gran diversidad biológica del bosque del parque nacional Korup en el Camerún arrojaron una serie de descubrimientos interesantes, en especial el compuesto antiVIH michellamina B, derivado de la liana forestal Ancistrocladus korupensis. Aunque en este momento la investigación de este compuesto se ha interrumpido debido a su toxicidad, durante muchos años dio resultados sumamente prometedores en el programa de investigación del Instituto Nacional del Cáncer de los Estados Unidos. El aparente potencial comercial de Ancistrocladus korupensis Influyó en la Ley de reglamentación de la silvicultura, la vida silvestre y la pesca de 1994, y en la Ley marco sobre el medio ambiente de 1996, del Camerún, que contienen disposiciones que establecen la soberanía nacional sobre los recursos genéticos y exigen el consentimiento fundamentado previo y la distribución de beneficios en toda utilización comercial de los recursos genéticos del Camerún. A raíz de este caso, se constituyó un Comité del Primer Ministro para abordar cuestiones relacionadas con la comercialización de las plantas medicinales, y se prestó una gran atención pública a los beneficios que el Camerún recibiría como resultado de la investigación sobre su biodiversidad (Laird, Cunningham y Lisinge, 2000).

Secado al sol de hojas de Ancistrocladus korupensis en el parque nacional Korup, para luego enviarlas al Instituto Nacional del Cáncer de los Estados Unidos para la elaboración de medicamentos

- S.A. LAIRD

De modo análogo, la Ordenanza sobre la biodiversidad de Sarawak se aprobó en 1998 en parte como respuesta a la toma de conciencia que suscitó el asunto de Calophyllum lanigerum, que recolectaron en los bosques de Sarawak (Malasia) en 1987 botánicos del Departamento Forestal Estatal de Sarawak y una universidad de los Estados Unidos.

Investigadores, representantes del Gobierno, ONG y otros se reúnen en el jardín botánico Limbe (Camerún) para examinar cuestiones relativas a Ancistrocladus korupensis y a la comercialización de plantas medicinales y los beneficios que recibiría el Camerún

- S.A. LAIRD

Cuando se obtuvieron de esta especie los compuestos antiVIH (+) calanoide A y (+) calanoide B, se firmó un acuerdo entre el Gobierno del estado de Sarawak y el Instituto Nacional del Cáncer de los Estados Unidos. En 1996, la empresa Medichem Research de los Estados Unidos y el Gobierno de Sarawak constituyeron una empresa mixta para llevar a cabo el desarrollo clínico de estos compuestos, facilitar la investigación de otros posibles medicamentos en los bosques de Sarawak y formar a científicos malayos (ten Kate y Laird, 1999). Aunque esa empresa conjunta no ha producido todavía productos comerciales, ese asunto determinó indirectamente la elaboración de la nueva ordenanza, que estableció una estructura jurídica y administrativa para el acceso y la distribución de los beneficios, que comportó la creación del Consejo de la Biodiversidad de Sarawak, al que compete la reglamentación del acceso, recolección, investigación, experimentación, protección y utilización de la biodiversidad de Sarawak, incluso su salida del estado.

Las medidas relativas al acceso nacional y la distribución de beneficios han abordado cuestiones y tendencias complejas, pero siempre han tropezado con dificultades. Uno de los problemas habituales es la falta de conocimientos técnicos y de comprensión por parte de los gobiernos y ONG de las industrias que pretenden someter a reglamentación con esas medidas. Para poder elaborar medidas eficaces de acceso y distribución de los beneficios, los gobiernos deben poseer información sobre el perfil científico, tecnológico y comercial de cada una de las industrias. Deben conocer la mejor manera de incrementar al máximo los beneficios mediante el establecimiento de asociaciones y estar familiarizados con los contratos relativos a la biodiversidad y respecto de la forma en que pueden reflejar las prácticas óptimas existentes, así como con instrumentos innovadores de distribución de los beneficios financieros a través de mecanismos como los fondos fiduciarios.

Filipinas fue el primer país en adoptar una iniciativa global en materia de acceso y distribución de los beneficios y posteriormente ha ajustado la reglamentación nacional a la luz de la experiencia. En mayo de 1995, tras un proceso de consulta nacional, el Presidente Fidel V. Ramos firmó la Orden del Ejecutivo Nº 247 «De establecimiento de un marco reglamentario para la prospección de los recursos biológicos y genéticos, sus productos y derivados, con fines científicos y comerciales, y con otros fines». En junio de 1996, el Departamento de Medio Ambiente y Recursos Naturales dictó la Orden Administrativa 96-20, «De aplicación de normas y reglamentos sobre la prospección de los recursos biológicos y genéticos». La Orden del Ejecutivo prescribe que todo aquel que pretenda acceder a los recursos genéticos debe concertar un acuerdo de investigación académica o un acuerdo de investigación comercial con el Gobierno (Barber, Glowka y La Vina, 2001). Los representantes de la industria farmacéutica y muchos investigadores académicos consideraron que la Orden del Ejecutivo y la Orden de aplicación de las normas y reglamentos eran excesivamente burocráticas y costosas en la práctica y las empresas criticaron la prescripción de expedir a Filipinas licencias sobre tecnología. A raíz de ello, el Gobierno está procediendo a reformular los elementos administrativos y otros elementos de la reglamentación con el fin de que no constituya un desincentivo directo de la investigación.

Se señalan a continuación algunas de las principales enseñanzas que pueden extraerse de la experiencia de aplicación de una medida de acceso y distribución de los beneficios en Filipinas (Barber, Glowka y La Vina, 2001).

El sector industrial ha notificado una serie de cambios en respuesta al CDB y las medidas de acceso nacional y distribución de los beneficios, como la disminución de las actividades de recolección, circunscritas a un número más reducido de países en los que las leyes y procedimientos son claros y eficientes, y una intensificación de la actividad de recolección de carácter nacional; un mayor recurso a material mantenido en colecciones ex situ; un mayor recurso a los intermediarios como agentes mediadores en materia de acceso y distribución de los beneficios y como proveedores de muestras; y la concertación de un mayor número de acuerdos sobre transferencia de material con el fin de clarificar las condiciones de las asociaciones (ten Kate y Laird, 1999).

LAS ÁREAS PROTEGIDAS Y EL ACCESO Y LA DISTRIBUCIÓN DE LOS BENEFICIOS

Los encargados de la gestión de las áreas protegidas afrontan problemas relacionados con el acceso y la distribución de los beneficios resultantes de la utilización comercial de las colecciones obtenidas en las áreas protegidas, como en el caso de Ancistrocladus korupensis en el parque nacional Korup al que se ha hecho referencia más arriba. Asimismo, están tratando de establecer asociaciones innovadoras con empresas e investigadores para complementar unos presupuestos insuficientes o cada vez más reducidos. Por ejemplo, el Instituto Nacional de Biodiversidad (INBio) de Costa Rica lleva a cabo actividades de recolección en áreas protegidas estableciendo asociaciones comerciales con empresas como Diversa y Bristol-Myers Squibb (Estados Unidos), Givaudane Roure (Suiza-Estados Unidos), Indena (Italia), Analyticon (Alemania), La Pacífica (Costa Rica) y el British Technology Group (Reino Unido) como forma de financiar la investigación y conservación de la biodiversidad y apoyar al sistema nacional de áreas de conservación. INBio fue establecido por el Ministerio del Medio Ambiente y Energía como una organización privada sin ánimo de lucro cuyo cometido era contribuir a conservar, estudiar y utilizar la diversidad biológica del país. Como se establece en un acuerdo de cooperación concertado entre el ministerio e INBio, éste debe aportar alrededor del 10 por ciento del presupuesto anual de cualquier proyecto a las áreas de conservación del país, y el 50 por ciento los beneficios financieros derivados del desarrollo de productos comerciales a partir de las recolecciones efectuadas en las zonas protegidas. Hasta 1999, los acuerdos de prospección de la biodiversidad de INBio habían reportado más de 390 000 dólares EE.UU. al ministerio, 710 000 a las áreas de conservación y otros 710 000 a las universidades públicas, así como 740 000 para financiar las actividades de INBio, en particular el inventario de la biodiversidad nacional (ten Kate y Laird, 1999).

Cabe citar también a título de ejemplo la obtención de la enzima polimerasa ADN (polimerasa Taq) a partir de una termófila denominada Thermus aquati-cus, recolectada en el marco de una autorización de investigación científica en 1996, en las fuentes termales del parque nacional de Yellowstone, en los Estados Unidos. Esta enzima se utiliza en numerosas aplicaciones biotecnológicas y genera ventas anuales por valor de más de 200 millones de dólares EE.UU. (Lindstrom, 1997). El presupuesto anual de funcionamiento del Servicio Nacional de Parques de los Estados Unidos asciende a unos 20 millones de dólares. Esta experiencia indujo al mencionado Servicio a estudiar opciones para controlar el acceso a los recursos y exigir la distribución de los beneficios, y dio lugar al acuerdo de investigación y desarrollo en cooperación firmado en 1997 entre Diversa Corporation y el parque nacional de Yellowstone. En virtud de este acuerdo, Diversa aportará al parque fondos, equipo, capacitación y derechos de patentes en caso de que se produzca algún producto comercial utilizando recursos procedentes del parque (ten Kate, Touche y Collis, 1998; Chester, 1996). No obstante, algunos grupos expresaron su disconformidad por el hecho de que no se hubiera consultado a la opinión pública, no se hubieran dado a conocer los términos del acuerdo y no se conociera el posible impacto ambiental de las actividades de recolección (Smith, 1999). Al igual que en el caso de la legislación nacional, la elaboración detallada de las nuevas asociaciones entre empresas e instituciones de conservación en materia de acceso y distribución de beneficios exigirá consultas públicas transparentes y mecanismos flexibles e inno-vadores.

LA INVESTIGACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y EL CDB

El CDB y las medidas de acceso nacional y distribución de los beneficios reglamentan la investigación académica y comercial. De hecho, la distinción entre ambas es cada vez menos clara. Los investigadores académicos firman a menudo contratos con empresas y los datos académicos pasan al sector privado a través de las publicaciones y bases de datos. Por ello, es importante que los investigadores académicos y comerciales garanticen que las condiciones en que se lleva a cabo toda la actividad de investigación sean equitativas para los grupos locales. Sigue siendo necesario hacer consciente a la comunidad académica -que establece las normas de la mayor parte de la investigación- del nuevo entorno ético y jurídico en el que se desarrolla la investigación y de las nuevas exigencias de que la investigación sobre la biodiversidad contribuya a la consecución de objetivos más generales en materia social y de conservación, promoviendo al mismo tiempo el conocimiento científico (Alexiades y Laird, 2001; Orr, 1999; Greaves, 1994; Farnsworth y Rosovsky, 1993). Además de las políticas y legislaciones de ámbito internacional y nacional, se están elaborando políticas en materia de acceso y distribución de beneficios para las instituciones de investigación, y determinados grupos profesionales de investigación están formulando códigos de ética y directrices de investigación que incorporan los objetivos del CDB. Como ejemplo de las políticas institucionales cabe citar las Directrices para la investigación sobre la biodiversidad y la bioprospección de la Universidad del Pacífico Sur, la Política sobre el acceso y la distribución de beneficios en el Camerún, del jardín botánico Limbe, y las Directrices comunes de política para prestar asistencia en la preparación de políticas institucionales basadas en los Principios sobre el acceso a los recursos genéticos y la distribución de beneficios para las instituciones participantes elaboradas por un consorcio de jardines botánicos e instituciones de investigación. Han elaborado códigos de ética, directrices de investigación y otros documentos que abordan cuestiones relacionadas con el acceso y distribución de los beneficios y el respeto de los derechos tradicionales a los recursos la Sociedad Internacional de Etnobiología, la Sociedad de Botánica Económica, la Sociedad Americana de Farmacognosia, la Asociación Americana de Antropología y el Simposio Asiático sobre Plantas Medicinales.

CONCLUSIÓN

El Convenio sobre la diversidad biológica ha proporcionado un foro inapreciable para el intercambio de ideas y la promoción de programas que sólo han merecido una atención limitada por parte de los gobiernos. En la esfera del acceso y la distribución de los beneficios, figuran los derechos tradicionales a los recursos, los conceptos de equidad en el comercio y el intercambio de recursos genéticos, el consentimiento fundamentado previo de las comunidades locales y otras cuestiones más generales suscitadas por las relaciones entre las empresas, los investigadores y los grupos locales. Muchas de esas cuestiones se manifiestan en el CDB, en el que confluyen de forma singular aspectos ambientales, comerciales y éticos. Sin embargo, todo lo relacionado con el acceso y la distribución de beneficios conforma un nuevo conjunto de cuestiones de políticas y requerirá muchos años de innovación, diálogo y experimentación a nivel local, nacional e internacional para llevarlo a la práctica de forma eficaz. 

Bibliografía


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