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APENDICE F
PLAN DE REORGANIZACION DE LA FAO INFORME CONJUNTO DEL DIRECTOR GENERAL Y EL COMITE ESPECIAL DE ORGANIZACION (Contd.)

5. Departamento de Montes (DMO)

66. De acuerdo con el punto de vista del Equipo de Examen la actual Dirección de Montes e Industrias Forestales debe elevarse a la categoría de Departamento 3, en el bienio 1970/71.

Este cambio se ha hecho necesario si se quiere que la FAO ayude a los países en desarrollo para que se beneficien de la repercusión que ejerce la evolución excepcional de este sector. Debido a los cambios fundamentales de dirección que se están observando en la actualidad en la economía mundial de los bosques y la madera, la exportación de productos forestales procedentes de los países en desarrollo se ha cuadruplicado en el último decenio. En el supuesto de que los países formulen planes adecuados, esta cifra podría cuadruplicarse de nuevo en un período de quince años y seguir aumentando. Ningún otro sector de la agricultura presenta oportunidades más favorables para que los países en desarrollo puedan acrecentar sus exportaciones de bienes manufacturados y semimanufacturados. No es pura casualidad el que las operaciones que ha efectuado la FAO sobre el terreno en los últimos años hayan aumentado a un ritmo más rápido en el sector de los montes y las industrias forestales.

3 Un miembro estimó que debiera crearse un nuevo departamento de Recursos Naturales y Montes combinando las actuales Direcciones de Montes y de Fomento de Tierras y Agua.

67. Al propio tiempo, la rapidez con que va cambiando la tecnología en los países industrializados obliga a realizar un examen nuevo y radical respecto a la política forestal y a los procedimientos de ordenación correspondientes, con una integración mucho más estrecha de la producción con la industria y el comercio de este sector. Las distintas administraciones forestales nacionales se dirigen ahora a la FAO para obtener una orientación basada en la experiencia internacional debidamente analizada.

68. La propuesta de que dicha Dirección se eleve a la categoría de Departamento, de acuerdo con la respectiva recomendación del Equipo de Examen, de la cual la Conferencia fue informada oportunamente en su 14o período de sesiones, es un reconocimiento de la función que los montes pueden desempeñar en la promoción del progreso agrícola e industrial y en el incremento de las exportaciones de los países en desarrollo. Refleja, por otra parte, la necesidad indicada por la experiencia de la FAO en el sentido de que las políticas forestales y las metas establecidas por los distintos países se formulen teniendo en cuenta un marco internacional de referencia. Si hay que aprovechar el valor potencial de este sector y satisfacer las futuras necesidades del mundo en lo que concierne a la madera, la FAO debe insistir en la adopción de programas que se orienten hacia el desarrollo. Esta labor podrá realizarse en forma más efectiva por medio del nuevo Departamento de Montes.

69. Este Departamento estará integrado por las dos Direcciones que se indican a continuación y cuyas funciones habrán de reflejar las prioridades más urgentes señaladas claramente por la Conferencia en sus 13o y 14o período de sesiones, atendiendo debidamente a conseguir una infraestructura adecuadamente consolidada:

Dirección de Recursos Forestales

Dirección de Comercio e Industrias Forestales

Además, el Departamento contará con una Oficina Central de Operaciones.

Dirección de Recursos Forestales

70. Esta Dirección se ocupará principalmente de determinar la forma y los lugares en que pueden cultivarse, protegerse y cosecharse económicamente las cantidades cada vez mayores de maderas que el mundo va a necesitar, teniendo siempre presente la necesidad de proteger los bosques y la relación de la explotación forestal con las medidas destinadas a conservar los suelos y el agua. La atención preferente que ha de prestarse para aprovechar los bosques naturales se relacionará con los problemas especiales que plantean los montes tropicales heterogéneos. También se insistirá en las posibilidades dinámicas de los bosques artificiales, junto con los riesgos consiguientes. Los problemas de tipo institucional y administrativo en lo que respecta al fomento forestal, la enseñanza y capacitación y la ordenación y utilidad de la vida silvestre, así como la extensión y la sistematización de las investigaciones, constituirán otras directrices principales del trabajo que ha de efectuarse.

Dirección de Comercio e Industrias Forestales

71. En un momento en que las relaciones de la FAO con las Comisiones Económicas Regionales de las Naciones Unidas, la UNCTAD y la ONUDI están adquiriendo una importancia cada vez mayor, la labor de esta dirección (que abarcará cuestiones forestales, económicas y estadísticas) deberá tener como objectivo el lograr la expansión de las industrias forestales viables, prestando la debida atención a los mercados, a las materias primas y a las tendencias económicas. Deberá encargarse de promover el equilibrio de la demanda y de la fabricación sobre una base mundial, teniendo en cuenta la variable estructura de las corrientes comerciales y procurando obtener un firme apoyo de la industria privada.

6. Departamento de Pesca (DPE)

72. El desarrollo del Departamento de Pesca deberá proseguir de conformidad con las directrices a largo plazo establecidas por la Conferencia de la FAO en su 13o período de sesiones, en el momento en que autorizó la creación de dicho Departamento y del Comité de Pesca. Tales medidas fueron adoptadas en respuesta al objetivo indicado en el 12o período de sesiones de la Conferencia en el sentido de lograr que la FAO sea la principal organización intergubernamental en el campo de la pesca.

73. El Departamento de Pesca, tal como el proyectado Departamento de Montes, es una dependencia integrada verticalmente y que, adamás, contiene dentro de su estructura casi todas las disciplinas, incluidas la economía y la estadística, que se requieren para su tarea de ayudar al desarrollo pesquero. Sin embargo, debe prestarse la debida atención a la creación de una infraestructura adecuadamente consolidadora. Además, proyectó y estableció una Oficina de Operaciones en la cual se ha concentrado la administración de todos los proyectos de campo relativos a la pesca en el plano departamental, estableciendo vínculos apropiados para apoyar a las diversas direcciones y subdirecciones técnicas.

74. La actual estructura de las dos Direcciones y de la Oficina de Operaciones en el plano departamental se mantendrá en el curso de este bienio. Sin embargo, el plan sexenal de desarrollo presentado al 13o período de sesiones de la Conferencia indicaba que tal vez la estructura apropiada requeriría varias Direcciones, posiblemente cuatro, dependiendo de las posibilidades presupuestarias de un bienio a otro. La recomendación del Comité de Pesca apunta a la creación de tres 1 más bien que de cuatro Direcciones y se ha convenido que el asunto habrá de examinarse al preparar el Programa de Labores y Presupuesto para el bienio 1970/71.

1 Un miembro opinó que en todo caso serían suficientes dos Direcciones consolidadas.

7. Departamento de Administración y Finanzas (DAF)

75. El Departamento de Administración y Finanzas comprendería las Direcciones siguientes:

Dirección de Personal (DP)

Dirección de Finanzas (DF)

Dirección de Servicios de Gestión (SG)

Dirección de Servicios Administrativos (SA)

Dirección de Personal

76. Las funciones relacionadas con la administración del personal deberían reunirse en una Dirección de Personal. La Oficina de Seguridad Social, la Oficina de Asistencia Médico-Sanitaria, la Sección de Capacitación y Desarrollo del Personal, la Subdirección de Capacitación y Becas y la Sección de Control de la Plantilla se integrarían en esta Dirección. Con esto, se proveerá también a la consolidación de los programas para jóvenes capacitandos profesionales, expertos asociados, becarios y voluntarios.

77. Deben centralizarse y perfeccionarse los servicios de contratación, con la plena participación de las Direcciones. Por consiguiente, se pondrían en práctica las medidas siguientes:

  1. Creación de una Subdirección de Contratación y Control de la Plantilla dentro de la Dirección de Personal, con la dotación adecuada tanto en mímero como en calidad;

  2. Traslado o asignación de oficiales de contratación que sirvan a una Dirección, o a más de una (según el volumen de la contratación), los cuales dependerán del Jefe de la Subdirección de Contratación y Control de la Plantilla, al que rendirán informes;

  3. Delegación de atribuciones a los oficiales de contratación para que puedan tomar las decisiones de acuerdo con los criterios que se establezcan sobre cuestiones como la fijación de sueldos y subsidios, y la conclusión de acuerdos sobre servicios especiales;

  4. Institución de un sistema para la rápida formulación de las adecuadas descripciones de las condiciones y méritos exigidos para los puestos;

  5. Iniciación de informes regulares sobre el estado de la contratación, incluyendo todas las vacantes e indicando las fechas límite y la situación del momento, informes que servirán de base para las medidas subsiguientes, tanto internas como externas, tales como reconocimiento médico y la aceptación de los gobiernos de los países beneficiarios y de los de procedencia del personal;

  6. Creación de comités de selección, según recomendó el Equipo de Examen.

Dirección de Finanzas

78. No se propone ningún cambio estructural en esta Dirección ni tampoco en sus funciones.

Dirección de Servicios de Gestión

79. Se encargarán a esta Dirección las encuestas administrativas, el desarrollo e integración de la aplicación de sistemas de calculadoras electrónicas, y la promulgación de los procedimientos oficiales de la Organización.

80. Esta Dirección se encargará de preparar en detalle las nuevas disposiciones que hayan de tomarse tanto con motivo de la reorganización como de la introducción de calculadoras electrónicas. Se ordenarán mediante calculadoras electrónicas las estadísticas básicas recogidas en toda la Organización a fin de que puedan disponer de ellas, para fines de investigación y análisis, mediante el proceso de cálculo electrónico, todos los sectores interesados.

81. Las actividades de esta Dirección deben encaminarse al aumento sistemático de la eficacia de la Organización. A este fin, la Dirección servirá como medio para introducir los métodos y técnicas modernos de administración de empresas, y su trabajo se planificará de forma que incluya la realización de un estudio a fondo de cada uno de los sectores de la Organización, por turno. El Director General examinará las recomendaciones resultantes de estos estudios objetivos e independientes y las medidas que se adopten de acuerdo con las mismas.

Dirección de Servicios Administrativos

82. Como en el caso de las funciones de personal, deben reunirse en una Dirección única una serie de funciones comunes que actualmente se hallan dispersas.

83. Con el creciente volumen de trabajo que suponen las actividades de subcontratación con empresas exteriores en relación con los programas de campo, las actividades contractuales van asumiendo cada vez mayor importancia. Debería recurrirse más a los servicios que pueden obtenerse mediante contratos con compañías técnicas consultoras y comerciales. Las posibles ventajas que esto supondría deberían estudiarse en la fase de planificación. Ya se ha establecido una Subdirección de Contratos que desempeñará estas funciones y que debería formar parte de esta Dirección.

84. Esta Dirección mantendrá asimismo estrechas relaciones con los servicios del presupuesto y comprobación de cuentas y con los oficiales de las Direcciones encargados de la certificación. El propósito es que se encargue de la centralización de todas las actividades de la FAO relativas a seguros, repartidas actualmente en varios sectores del DAF.

85. Los oficiales administrativos destacados en el campo y las dependencias administrativas de la sede necesitan de un punto focal al que puedan someter, para acción inmediata, los problemas no corrientes y las excepciones a las normas establecidas, y que asegure que las dependencias de fuera de la sede se ajusten a los reglamentos y procedimientos establecidos.

86. Además, las funciones de “servicios generales” - servicios comunes y gobierno interior de la sede - pasarán a esta Dirección.

8. Oficina de Asuntos Generales e Información (OAGI)

87. La Oficina de Asuntos Generales e Información, a cargo de un Director que ha de informar directamente al Director General, estará integrada por los siguientes sectores: 1

Dirección de Información (IN)

Campaña Mundial contra el Hambre (CMCH)

Dirección de Asuntos de la Conferencia, el Consejo y Protocolarios (CA)

Dirección de Publicaciones (PU)

Dirección de Documentación, Legislación y Biblioteca (DLB)

88. La Asesoría Jurídica, que formaba parte del Departamento de Relaciones Públicas y Asuntos Jurídicos, se transferirá a la Oficina del Director General. Por lo que se refiere a los servicios de asesoramiento jurídico necesarios en las operaciones cotidianas, se asignará un oficial jurídico al Departamento de Administración y Finanzas.

Dirección de Información

89. No se propone ningún cambio estructural en esta Dirección ni en sus funciones, con la excepción de que los servicios de información agrícola correrán a cargo de la Dirección de Instituciones Rurales del DES.

Campaña Mundial contra el Hambre (CMCH)

90. En el período de sesiones de 1965, la Conferencia (Resolución 6/65) encargó al Director General que presentara al 15o período de sesiones sus planes y recomendaciones para el futuro de la Campaña, los cuales se someterán a la consideración del Consejo en su período de sesiones de 1968. La formulación de proyectos de la CMCH se transferirá al Departamento de Desarrollo, la responsabilidad de la ejecución de proyectos corresponderá a las Oficinas de Operaciones de los Departamentos interesados y sus funciones de relaciones públicas se relacionarán estrechamente con información y publicaciones y con asuntos de la Conferencia y el Consejo.

1 El representante del Comité de Finanzas estimó que OAGI y DAF debían unirse en un solo Departamento de Administración.

Dirección de Asuntos de la Conferencia, el Consejo y Protocolarios

91. Las funciones de enlace y protocolo y de conferencias se reunirán en una Dirección de Asuntos de la Conferencia, el Consejo y Protocolarios.

Dirección de Publicaciones

92. No se propone ningún cambio en las funciones de la Dirección de Publicaciones, excepto que las funciones del Centro de Documentación deberán unirse a las de Legislación y Biblioteca.

Dirección de Documentación, Legislación y Biblioteca

93. Las funciones del Centro de Documentación están estrechamente relacionadas con las de la Biblioteca. Por lo tanto, deben reurirse. No se propone ningún cambio ni en las funciones ni en la estructura de ambos. Las funciones de la Subdirección de Legislación son recopilar legislación relativa a reforma agraria, montes, aguas y otras cuestiones y hacer análisis comparativos de ella, así como facilitar asistencia directa a los gobiernos de los Estados Miembros en la elaboración de la legislación pertinente. Esta función es análoga a la que realiza el Centro de Documentación y está en armonía con la moderna práctica bibliotecaria. Por esta razón, las tres actividades deben agruparse en una dirección. 1

1 Un miembro opinó que las actividades de Legislación no caían dentro de la Dirección de Documentación y Biblioteca.

V. ORGANIZACION DE CAMPO

1. Estructura regional

94. El Equipo de Examen observó que “aunque la inmensa mayoría de las actividades de la FAO se realizan al nivel de un país, persiste la necesidad fundamental de mantener el planteamiento regional y también de darle una mayor eficacia. Estos dos aspectos son mutuamente complementarios. Para alcanzar este objetivo, es preciso conferir la autoridad suficiente”.

95. El Comité Especial y el Director General, aún no aceptando la recomendación del Equipo de Examen en el sentido de que la estructura regional existente se funda en cuatro Departamentos Regionales situados en las Oficinas Centrales, reconocían el valor de algunas de las críticas a ciertos aspectos de las oficinas regionales actuales. Se necesitan medidas correctivas más bien que cambios que pueden redundar en mengua de los intereses de los países en desarrollo.

96. Es cosa reconocida que la principal función de los servicios regionales consiste en ayudar al desarrollo de los trabajos en el campo así como del programa de la Organización en su conjunto, contribuyendo con un conocimiento más preciso de las realidades sociales, económicas y políticas de la región. No hay duda de que la Organización debe funcionar dentro del cuadro de una amplia estrategia de desarrollo que tenga en cuenta las necesidades globales, regionales y nacionales. Los representantes regionales no deben considerarse personas que sólo ejecutan un cierto número de funciones representativas, sino funcionarios con suficiente categoría y calidad para ser un instrumento eficaz en la modelación de la política agrícola de las regiones en desarrollo. Más concretamente, la más estrecha cooperación entre la FAO y las Comisiones Económicas Regionales es la condición sine qua non para el éxito de las actividades internacionales en la esfera regional, porque se ha dado a tales Comisiones Económicas Regionales de las Naciones Unidas amplias atribuciones por lo que se refiere al desarrollo económico y social, y la FAO ejecuta sus funciones especializadas principalmente dentro de la misma esfera. Así lo reconoció la FAO cuando estableció divisiones mixtas con las Comisiones referidas. Pero el alcance del programa de las Divisiones aprobado conjuntamente se limita a los aspectos económico y social más bien que a los aspectos técnicos de los problemas de la alimentación y de la agricultura, cuya responsabilidad global incumbe a la FAO.

97. La situación se complica aún más por el hecho de que órganos gubernamentales como las Comisiones Económicas Regionales y las Conferencias Regionales de la FAO, al celebrar sus sesiones separadamente, toman a vaces decisiones que pueden ser causa de duplicación o confusión. Hasta que no se resuelvan estas dificultades básicas, no puede lograrse simplemente desplazando la actividad regional a las Oficinas Centrales, un enfoque coordinado en los asuntos de las Naciones Unidas.

98. Son posibles varios sistemas. El Director General y el Comité Especial reconocen que, para ser eficaces, las disposiciones de carácter regional, incluidas no sólo las de estructura, sino también las relativas al emplazamiento de las oficinas regionales, deben contar con el asentimiento de la mayoría de los países interesados.

99. Una de esas soluciones posibles consistiría en que la FAO aunase sus fuerzas con las Comisiones Económicas Regionales de las NU, con el reconocimiento explíoito de las funciones de la una y de las otras, y se estableciesen relaciones de trabajo más estrechas que las actuales. Tal solución se traduciría en beneficio de la eficacia operativa y de la economía en general. Con arreglo a esto, los puestos de secretarios ejecutivos de las Comisiones Económicas Regionales se combinarían con los de Representantes Regionales de la FAO. El Secretario Ejecutivo se convertiría así en el Representante Regional de la FAO; tendría, pues, facultades dobles, porque además de su responsabilidad ante el Secretario General de las Naciones Unidas con respecto a la labor de las Comisiones Económicas Regionales, sería responsable ante el Director General de la FAO en su calidad de Representante Regional de la misma.

100. Existen ciertas diferencias significativas entre las diversas regiones que hacen impracticable por ahora aplicar tal sistema en algunas de ellas. Aunque la integración pudiera ser la meta final, por el momento únicamente podría resultar factible en el caso de una o dos regiones, donde este sistema podría ensayarse. El Director General debiera explorar, con el Secretario General de las NU y los países interesados, los procedimientos pertinentes para llevar a efecto esta solución.

101. Se reconoció que esta solución no es ahora conveniente en América Latina, y que el Director General debería llevar, lo antes posible, la vacante de Representante regional en esta región. 1

102. Con arreglo a esa solución, la FAO debería nombrar un Representante Regional Adjunto que actuase también como jefe de una división mixta de agricultura. Esta nueva división absorbería la actual división mixta de agricultura de la Comisión económica respectiva y de la FAO y su director tendría también a su cargo todo el personal de la FAO destacado en la sede de la Comisión Económica regional.

103. Otra posible solución consistiría en conservar las oficinas regionales actuales. En tal caso, estas oficinas regionales y las comisiones económicas regionales se situarían, siempre que ello fuera posible, en la misma sede, con objeto de estimular y facilitar el máximo de colaboración.2 Para alcanzar este objetivo deberían ser estudiados con detención los problemas pendientes en la actualidad en especial los de Africa. De momento, esa medida no sería viable tampoco para la región del Cercano Oriente, donde no hay ninguna comisión económica regional. Por tanto, habría que mantener esta oficina regional en su presente emplazamiento. Deben abolirse las oficinas subregionales y sustituirlas por las de los representantes en los distintos países o grupos de países, que estimase necesario establecer el Director General, robusteciéndose su actuación con funcionarios destacados en ellas desde las direcciones de la sede. (Se advirtió que los funcionarios actualmente a cargo de las oficinas subregionales desempeñaban también funciones de representantes en los respectivos países). Además, debería designarse representantos en los países en donde estén destacados los representantes regionales, con objeto de evitar que el tiempo de estos últimos se invierta en algo que no sea sus propias funciones esenciales.

104. Otro enfoque fue el propugnado por varias delegaciones en la Conferencia, particularmente las de América Latina, en el sentido de que, por lo menos en la región, la Oficina Regional debía ser mantenida en su forma actual y aun reforzarla, y que sería conveniente crear asimismo Grupos de acción que estuvieran a disposición de los Estados Miembros para misiones concretas y específicas a corto plazo, tales como, por ejemplo, la identificación y preparación de proyectos de preinversión o del Fondo Especial 3.

1 El representante del Comité de Finanzas llamó la atención sobre el hecho de que ese puesto disfrutaba actualmente de la categoría D-2.

2 Con respecto a la ubicación de las oficinas regionales en los mismos puntos que las comisiones económicas regionales, un miembro manifestó que, al determinar el emplazamiento de estas Comisiones, no suelen tenerse plenamente en cuenta las consideraciones de índole agrícola. Dijo también que la proximidad de la Oficina Regional al punto donde se halla la Comisión Económica no debe ser el único criterio por el cual haya de determinarse la ubicación de las Oficinas Regionales de la FAO, ya que existen otras consideraciones esenciales, como las condiciones agrícolas de la región, el papel de la agricultura en la economía del país hospedante, y el nivel alcanzado allí por la investigación y el desarrollo agrícolas. Además, la ubicación de las Comisiones Económicas Regionales de las Naciones Unidas es susceptible de modificación. Manifestó, además, que cualquiera que sea la nueva política que haya de seguirse al respecto, no debe ella afectar al “status” de las Oficinas Regionales ya establecidas.

3 Informe del 14o período de sesiones de la Conferencia: Examen de la estructura general de la Organización, párrafos 43 y 44.

105. La mayoría del Comité estimó que el Director General debía continuar explorando la posibilidad de ensayar la primera de esas soluciones en una o varias regiones en donde fuera aceptable a los Estados Miembros de las mismas, y que en las restantes regiones debería aplicarse la segunda solución. En uno u otro caso, se podría servir eficazmente a los Estados Miembros con un número limitado de funcionarios regionales, aunque el número de éstos dependería de la solución elegida. La plantilla de personal permanente consistiría en oficiales de categoría profesional que prestaran sus servicios en organismos regionales permanentes y en un pequeño núcleo de funcionarios que representasen algunas de las direcciones principales. El número de oficiales puede variar de una a otra región, según las circunstancias y las necesidades de éstas. Debe cuidarse de que la plantilla de los oficiales de las oficinas regionales no constituya una duplicación de la estructura de la Sede. 1.

1 El miembro elegido en representación de la región Latinoamericana, recordando que la Conferencia había recomendado que se adoptaran soluciones pragmáticas para las diferentes oficinas regionales, afirmó que no podía dar su aprobación a las propuestas concernientes a la reorganización de la Oficina Regional de América Latina. En realidad, la abolición de las oficinas subregionales de América Latina y la notable disminución de los oficiales regionales, reducidos a uno por Dirección o departamento “importante”, o sea, a menos de la mitad, significan:

  1. que se apartan drásticamente de las resoluciones de la última Conferencia Regional para América Latina, que recomendó “reforzar” la Oficina Regional y no sólo mantener las oficinas subregionales sino crear una oficina subregional más para el Caribe y, además, establecer grupos de acción (“task forces”) para misiones concretas y específicas a corto plazo, como son, por ejemplo, los proyectos de preinversión;

  2. que contradicen el espíritu de las recomendaciones de la Conferencia y particularmente las propuestas de algunos delegados de los países en desarrollo, entre ellos los de la región latinoamericana, en el sentido que el reforzamiento de la labor de la FAO en el campo, sin aumentar el presupuesto, debía realizarse transfiriendo a personal de la sede a los países y a las regiones y no desmantelando las oficinas regionales para designar representantes en países; y

  3. que quitan a las Oficinas Regionales toda posibilidad de proporcionar - en la medida la que habían venido haciéndolo hasta ahora - ayuda directa y eficaz a los Estados Miembros en materias de suma importancia, especialmente en sectores como el forestal, la pesca, la nutrición y las instituciones rurales -incluidas la reforma agraria y la planificación del desarrollo agrícola- o en misiones combinadas de varios oficiales regionales.

106. Entre las funciones de los oficiales de las direcciones destacados en las regiones deben figurar las siguientes:

  1. participar en los grupos de acción encargados de preparar y evaluar proyectos y programas (incluidas las misiones bancarias) o desempeñar estas funciones individualmente, con arreglo a las instrucciones dadas al efecto por el jefe de la Dirección interesada o por el representante regional respectivo. Los grupos de acción deben ser unidades pequeñas y móviles, para las que el personal de las oficinas regionales podría servir de núcleo, y aumentadas a medida que las circunstancias lo exijan con personal de la Sede y con asesores.

  2. Proporcionar información de primera mano a sus directores sobre las tendencias y problemas del desarrollo en los países de la región.

  3. Asistir a los representantes en los países respecto a los programas de desarrollo y a la solución de problemas planteados en el país respectivo.

107. La categoría del representante regional podría ser de DGA o de D-2; habría que conceder facultades discrecionales al Director General respecto a las circunstancias de la región particular y de las dotes de la persona. 1 Las obligaciones y el cometido delos representantes regionales deberían ser los siguientes:

  1. Actuar en la región como representante del Director General en cuestiones de política general, y como enlace entre la FAO y los diversos organismos regionales; y en tal calidad ejercer funciones regionales de representación ante los Estados Miembros y organismos regionales.

  2. Cuando lo solicite el Director General, actuar como su representante en las conferencias y reuniones regionales de la FAO y representar a ésta en las reuniones que celebren otras organizaciones u organismos internacionales o regionales.

  3. Ejercer la supervisión general, en nombre del Director General, en la respective División Mixta de Agricultura FAO/Comisión Económica Regional.

  4. Actuar como representante del Director General en cuestiones de enlace sobre acción cooperativa con el Secretario Ejecutivo de la Comisión Económica Regional, en cuestiones que rebasen la competencia de la División Mixta de Agricultura FAO/Comisión Económica Regional.

  5. Cuando reciba instrucciones del Director General en este sentido, dirigir misiones y grupos de acción a los países de la región.

  6. Observar en informes sobre la labor de los representantes en los países, y ayudarlos cuando corresponda.

  7. Asesorar en lo tocante a los problemas que plantean las relaciones con los Estados MIembros de la región e informar de ello a la Sede.

  8. Colaborar en la formulación de la política regional y asesorar acerca de la necesidad de proyectos regionales y para grupos de paises.

  9. Actuar como oficial jefe de enlace con los bancos regionales.

  10. Trabajar, en general, en estrecha colaboración con el DD y la OAP, especialmente respecto a la labor del PIM.

108. El representante regional informará directamente al Director General sobre las cuestiones fundamentales de política. En los demás asuntos, su punto de contacto en la Sede será el DGA o el DD.

109. Deben conservarse las actuales denominaciones de las oficinas regionales, salvo en el caso de la de América del Norte, cuya denominación debe cambiarse por la de “Oficina de Enlace de la FAO para América del Norte”, ya que sus funciones son mayormente de enlace y de carácter administrativo.

1 Un miembro sugiríó que los representantes regionales fueran designados por el Director General a propuesta de la conferencia regional respectiva y por períodos fijos de tiempo, coincidentes, de preferencia, con el de mandato del Director General. En opinión de dicho miembro, con ese sistema se logrará mejor el consenso de los Estados Miembros interesados con respecto al representante regional que fuese acreditado ante ellos. Otros miembros apoyaron ese concepto de los nombramientos a plazo fijo de los representantes regionales en coincidencia con el del mandato del Director General.

2. Conferencias Regionales

110. La Conferencia, en su 14o período de sesiones, “decidió que el Comité Especial de Organización deberá examinar cuidadosamente la reorganización de las conferencias regionales dentro del marco de las medidas propuestas para la reorganización de la estructura regional”.

111. La importante función de estas Conferencias es identificar las necesidades sentidas en la región para tenerlas en cuenta al preparar el Programa de Labores y Presupuesto para el siguiente bienio, de acuerdo con el artículo XXXIV-2(g) del Reglamento General. Aunque en el párrafo 630 del informe del 14o período de sesiones de la Conferencia se declara que ésta es su función principal, sólo sería posible si las conferencias regionales se celebrasen a principios del año en que no se reúne la Conferencia de la FAO, antes de que el Director General hubiese comenzado a preparar su proyecto de programa de labores. Ello significaría, en realidad, que el ciclo de las conferencias regionales habría de tener lugar dentro de los dos a seis meses siguientes a la clausura de la Conferencia de la FAO, cosa que parece del todo impracticable. Además, los planes generales y prioridades del Director General se preparan en los primeros meses del bienio para poder consultar directamente con los Gobiernos. Dos sistemas simultáneos estarían probablemente en contraposición.

112. Las conferencias regionales de la FAO podrían, sin embargo, desempeñar una función importante en la preparación del programa de ésta sobre una base a plazo medio. Cuando se complete el Plan Indicativo Mundial y se adopte una estrategia global y regional para el desarrollo, será posible prever las líneas generales del programa de labores para un período más largo que un solo bienio. En tal caso, sería posible que las conferencias regionales participasen más activamente en la planificación del programa a plazo medio.

113. Aunque las conferencias regionales no tienen un carácter constitucional, ejercen una influencia clara sobre los negocios de la FAO. Sus principales funciones pueden definirse así: (1) indicar las zonas de necesidad y las condiciones sobresalientes de la región que deban tenerse en cuenta al preparar el Programa de Labores y Presupuesto; (2) indicar qué es lo que los países de la región pueden hacer por sí mismos para resolver sus problemas y cuál es la ayuda exterior necesaria; (3) servir como medio a través del cual puedan ventilarse e interpretarse los principales objetivos de política de la Organización, de acuerdo con las necesidades de la región; (4) dar una oportunidad para que los países celebren consultas de alto nivel.

114. Las conferencias regionales deben poder formular recomendaciones a los gobiernos, al Director General, a las comisiones económicas regionales y al Consejo. Sería conveniente que las hechas a este último fuesen concisas, y pocas en número, y tratar solamente de las cuestiones prioritarias más importantes que afectan a cada región. El Director General deberá analizar esas recomendaciones e indicar al Consejo hasta qué punto ha podido tenerlas en cuenta al formular sus propuestas relativas al Programa de Labores y Presupuesto; y cuando no haya podido hacerlo así, especificar las razones. Ello permitirá al Consejo evaluar debidamente recomendaciones emanantes de las conferencias regionales.

115. Las conferencias regionales de la FAO podrán celebrarse juntamente con las comisiones económicas regionales, o separadamente. Sin embargo, dada la importancia de la agricultura en las regiones, es preferible que se celebren por separado. Si las circunstancias justificasen su celebración conjunta, debería dedicarse una parte importante del programa conjunto de las deliberaciones a la agricultura y sectores conexos, para lo cual los preparativos deberían hacerse conjuntamente por las dos organizaciones con asistencia de las Divisiones Mixtas de Agricultura de la FAO y de las Comisiones Económicas regionales.

116. En el caso de que la Conferencia regional se celebre separadamente de la reunión de la comisión económica regional, deberán celebrarse consultas mutuas sobre la preparación de los programas de ambas reuniones, como ya se hace actualmente con la CEPAL. El personal adecuado de uno de esos organismos participaría en la reunión del otro. Sería conveniente que las decisiones y recomendaciones de las conferencias regionales de la FAO proporcionasen una orientación normativa para las reuniones de las comisiones económicas y que no fuera necesario volverlas a estudiar. En todo caso, los informes de las conferencias regionales constituyen importantes instrumentos de trabajo para la actuación de los respectivos representantes regionales.

3. Divisiones Mixtas con las Comisiones Económicas Regionales de las Naciones Unidas

117. Si la idea de fusionar las oficinas de los Representantes Regionales y las de los Secretarios Ejecutivos de las Comisiones Económicas Regionales no puede llevarse a la práctica, las Divisiones Mixtas de Agricultura FAO/Comisiones Económicas Regionales deberían ocuparse principalmente en el sector de desarrollo agrícola de los programas sociales y económicos regionales de las citadas Comisiones. Por consiguiente, el personal asignado a las Divisiones Mixtas debería estar constituido principalmente por economistas y planificadores agrícolas. Los trabajos técnicos conjuntos que no sean de un carácter socioeconómico especial, correrían a cargo del personal asingado para ese fin concreto y, cuando fuera necesario, de las misiones de la FAO.

118. El programa de trabajo de las Divisiones Mixtas debería formularse mediante consultas entre el Representante Regional y el Secretario Ejecutivo, con la ayuda del DES y del DD. El Director de la División Mixta, designado por la FAO, debería ser responsable ante el Representante Regional. Sin embargo, subsiste aún la necesidad de clarificar y definir las relaciones del Director de la División Mixta (incluidos otros funcionarios de la FAO) con el Secretario Ejecutivo. Análogamente, debería quedar resuelta la cuestión de las relaciones entabladas con otros órganos regionales que llevan consigo la actuación de funcionarios especializados en determinadas disciplinas y destacados sobre el terreno.

4. Representantes en los países

119. El representante en el país es el funcionario de mayor categoría que representa al Director General en el país y, al mismo tiempo, es jefe de la misión de la FAO. En calidad de jefe de esta última es responsable de su cohesión interna, de sus buenas relaciones con los ministerios competentes del Gobierno y con otras misiones de asistencia técnica que desplieguen actividades en el mismo país en la esfera de competencia de la FAO. Sus funciones deben comprender lo siguiente:

  1. Mantener a las Oficinas Centrales de la FAO informadas sobre la situación global reinante en el sector agrícola y sobre todo hecho de importancia capital que se registre en el país a que ha sido destacado, sobre todo proporcionando de vez en cuando información que sirva para planificar y formular programas de promoción del desarrollo agrícola del país.

  2. Quedar encargado, dando cuenta a las oficinas centrales y al Representante residente del PNUD, de evaluar detenidamente las nuevas solicitudes de asistencia en el sector agrícola, en su sentido más amplio, incluso la relación que guarden tales solicitudes con las metas y prioridades del desarrollo nacional, la suficiencia del apoyo local, su sincronisación, sus probables repercusiones económicas y su probabilidad de éxito.

  3. Ayudar al Representante residente del PNUD en las negociaciones relativas al sector agrícola de los nuevos Programas de Asistencia Técnica y, en estrecha asociación con dicho funcionario, negociar los planes de operaciones y las modificaciones que sea necesario introducir en programas y proyectos.

  4. Quedar encargado, dando cuenta a la Sode y al Representante Residente del PNUD, de la “vigilancia” (a diferencia de la supervisión técnica y la gestión directa) de todos los proyectos que con asistencia de la FAO se lleven a cabo en el país. Esa labor entraña la evaluación no sólo del proyecto, sino del rendimiento y comportamiento generales del personal. En asociación con el Representante Residente del PNUD hará cuanto está en su mano para fomentar el cumplimiento de las obligaciones de contrapartida del Gobierno.

  5. Tener en estudio constante la suficiencia de los servicios administrativos prestados a proyectos y expertos. La atención cotidiana y local de tales servicios corresponderá normalmente a la Oficina del PNUD y a los oficiales administrativos designados para los distintos proyectos de campo, o a un oficial administrativo asignado al personal del Representante de la FAO en el país.

  6. Prestar asistencia en la evaluación de todos los programas de la FAO en el país, independientemente de la fuente que los sufrague, en cooperación con el representante residente del PNUD y con las misiones especiales que puedan ser enviadas al país con tal fin. En esto queda comprendido el examen sistemático de la ulterior aplicación de las recomendaciones formuladas al concluirse los proyectos.

120. Huelga advertir que constituye una función principal del Representante en el país la de mantener en todo momento la cooperación más estrecha con el Representante Residente del PNUD, en armonía con los principios establecidos por el CAC.

121. En su 14o período de sesiones, la Conferencia convino unánimemente en la necesidad de aumentar el número de los representantes en los países, de conformidad con la recomendación hecha por el Equipo de Examen. El problema que queda por resolver es el modo de sufragar los gastos que eso lleva consigo.

122. Con la propuesta reorganización de la estructura regional, es concebible que quedarán disponibles algunos de los puestos de funcionarios regionales destacados fuera de la Sede para aumentar con sus titulares el número de los representantes en los países, con el propósito, en último término, de nombrar un representante en régimen de dedicación completa en aquellos países donde las operaciones de campo de la FAO revistan gran volumen, así como en todo un grupo de países cuando se justifique tal nombramiento.

123. Existen también posibilidades de nombrar más funcionarios dentro del Acuerdo FAO/PNUD; sin embargo, la experiencia ha demostrado que los representantes designados para los países con unos u otros recursos, los de la FAO o los del PNUD, deben perseguir un objetivo común y percatarse de que son responsables lo mismo ante la FAO que ante el Representante Residente del PNUD en dicho país. Este sistema, que entraña una doble responsabilidad, sólo puede funcionar eficazmente si se acuerda algún procedimiento para compartir los gastos. Sería conveniente examinar con el PNUD la posibilidad de llegar a un acuerdo de esta naturaleza, en virtud del cual sean considerados funcionarios de la FAO los representantes en los países, si bien sufrague en parte sus sueldos del PNUD, por los servicios prestados a los Representantes Residentes en relación con la coordinación de las actividades de campo.

124. Los representantes en los países deberían disponer de comunicación directa con la sede. Deberían, por tanto, informar a los jefes de las unidades regionales de la DSR. Deberían, además, recibir copia de las comunicaciones cruzadas entre los directores de los proyectos y la sede y, asimismo, de las comunicaciones que en relación con materias de política y otras cuestiones importantes relativas a sus respectivos países se crucen entre los respectivos Representantes Regionales y la sede.

5. Directores de proyectos y expertos de proyectos

125. Debe robustecerse y consolidarse la autoridad del Director del Proyecto sobre el terreno. Deben revisarse los procedimientos y cartas de instrucciones de la sede a los Directores de proyectos y oficiales de campo, para tener en cuenta los siguientes principios:

  1. El director del proyecto es la persona responsable, correspondiéndole dirigir todas las operaciones del proyecto sobre el terreno y el personal a ellas asignado. En ciertos aspectos colabora con el Representante de la FAO en el país, dependiendo de él. Recibe instrucciones del Jefe del departamento o dirección correspondiente, ante el cual es responsable, pero normalmente mantiene correspondencia con el oficial de operaciones de proyectos en quien el jefe de operaciones del departamento o dirección competentes haya delegado atribuciones para la adopción de medidas en la Sede. Comparte con este último la obligación de aplicar la política establecida, y la responsabilidad del adecuado funcionamiento del proyecto. También toma parte en la planificación de los programas y en la dotación del personal del proyecto.

  2. El personal técnico de los proyectos sobre el terreno pertenece a la competente subdirección, u otra dependencia, de las distintas direcciones, pero son destinados por sus jefes de dirección a prestar servicio bajo la jefatura del director del proyecto, al cual corresponde darles instrucciones en el curso de su misión. A fin de asegurar la solidez y la eficiencia técnicas de los trabajos del proyecto, es indispensable que se mantenga estrecho contacto técnico entre ese personal y las dependencias de la Sede a que pertenezcan. Su comunicación con éstas sobre cuestiones técnicas se efectuará a través del director del proyecto, el cual estará en libertad de agregar las observaciones que estime pertinentes al transmitir aquélla al jefe del departamento o dirección de que se trate. A su vez, funcionarios de las dependencias técnicas de la Sede mantendrán su correspondencia con el personal de campo por conducto del jefe de la dependencia de operaciones del departamento o dirección respectivo, remitiéndose copia de esa correspondencia al director del proyecto.

VI MEDIDAS PROVISIONALES DE EJECUCION

126. En la Resolución 1/67 de la Conferencia, se pidió al Director General que, en consulta con el Comité Especial de Organización, tomara las medidas provisionales apropiadas durante el bienio 1968/69, dentro del nivel del presupuesto aprobado para dicho bienio, para llevar a cabo reajustes orgánicos, incluyendo, si fuese necesario, una modesta redistribución del personal. A este respecto, se convino en que quedarían comprendidas en el seno de esa resolución las siguientes medidas provisionales, que serán puestas en práctica, dentro del bienio 1968/69, en el momento en que el Director General lo estime oportuno:

  Párrafo
1.Crear una Oficina Asesora de Políticas29–30
2.Abolir el puesto del Director de Estudios Especiales (DES)32
3.Reasignar las funciones y reforzar las subdirecciones regionales y de la Subdirección de Evaluación en AE33–35
4.Cambiar la designación de Dirección de Productos Básicos, que en adelante se denominará Dirección de Productos Básicos y Comercio36
5.Transferir NU (en su forma modificada) al DES38
6.Transferir la Subdirección de Mercadeo de EA a RU39–41
7.Crear un Departamento de Desarrollo (anteriormente, Servicio del Programa y el Presupuesto) que comprenda una Dirección de Servicios Regionales, un Centro de Inversiones, el Programa de Cooperación FAO/Industria, una Dirección de Enlace con los Organismos Internacionales, y la Dirección del Presupuesto y Formulación del Programa.42–59
8.Crear un Departamento de Agricultura (anteriormente, Departamento Técnico) que comprenda las Direcciones de Servicios Agrícolas ZO, RTA (en su forma modificada), FI y MO.60–65
9.Crear Oficinas de Operaciones en las direcciones de Servicios Agrícolas, ZO, RTA, FI y MO, en el DA; en la de RU del DES y en el DPE.19–20
10.Consolidar las funciones generales, administrativas y auxiliares, en una Dirección de Personal, una Dirección de Servicios de Gestión, y una Dirección de Servicios Administrativos en el Departamento de Administración y Finanzas.75–86
11.Establecer una Oficina de Relaciones Públicas y Asuntos Generales (el anterior Departamento de Relaciones Públicas y Asuntos Jurídicos) integrada por la Dirección de Información Pública, la CMCH, la Dirección de Publicaciones, la Dirección de Asuntos de la Conferencia, el Consejo y Protocolarios, y la Dirección de Documentación, Legislación y Biblioteca.87–93
12.Explorar en una o dos regiones la posibilidad de combinar las funciones del representante regional con las del Secretario Ejecutivo de la Comisión Económica Regional respectiva.95–109
13.Consultar con el PNUD sobre la posibilidad de ampliar los nombramientos de representantes de la FAO en los países sobre la base de participación en los costos, reformando así el sistema actual de asesores agrícolas jefes financiados por el PNUD.123
14.Comenzar la aplicación de medidas perfeccionadas respecto al personal y de carácter administrativo, para que las examine el Comité de Finanzas, como se indica en la introducción a este Informe.11
15.Preparar directrices sobre delegación de poderes, incluido el trazado de una estructura tipo para los servicios auxiliares que necesitan los departamentos, las direcciones, las oficinas de operaciones y las dependencias administrativas.18
16.Trazar directrices para simplificar las líneas de comunicación con especial referencia a los representantes regionales, representantes en los países y directores de proyectos por una parte, y entre éstos y la Sede por otra.22
17.Crear un sistema de información sobre proyectos concebido de modo que permita mantener plenamente informados de la marcha de los proyectos a todos los sectores interesados y sirva de punto de partida para los informes provisionales y los definitivos.23–24

127. Se dio por entendido, asimismo, que el Director General aplazaría los nombramientos de representantes en los países que hubiesen de ser sufragados con fondos atribuidos a puestos de oficiales especialistas destacados fuera de la sede, o en sustitución de los asignados a las oficinas subregionales, hasta que esta cuestión sea reexaminada por el Consejo en su período de sesiones de 1968. El Director General usará de su discreción en cuanto a las vacantes más urgentes que hayan de ser cubiertas.


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