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Composición del Comité Ejecutivo y cuestiones afines (Tema 5 del programa)[9]

78. En su 23° período de sesiones celebrado en 1999, la Comisión del Codex examinó algunas cuestiones relacionadas con la composición del Comité Ejecutivo y la participación de observadores en sus trabajos. Esas cuestiones fueron las siguientes: la posibilidad de que participase en las reuniones del Comité Ejecutivo un número limitado de representantes de las organizaciones internacionales no gubernamentales, en calidad de observadores; la posibilidad de aumentar el número de miembros del Comité Ejecutivo para incorporar más Miembros de las diferentes Regiones, en consonancia con lo que se había hecho en el Consejo de la FAO; y la determinación clara del derecho de los Países Miembros a participar en las reuniones del Comité Ejecutivo en calidad de observadores.[10] En el documento presentado al Comité se trataban todos esos temas y se proponía que se considerara la participación de un número limitado de países en desarrollo, en calidad de observadores, como medio para reforzar su participación y permitirles que adquiriesen una mayor experiencia sobre el funcionamiento de los órganos del Codex.

79. Muchas delegaciones y organizaciones presentes en calidad de observadores apoyaron las propuestas de prever una participación de representantes de las organizaciones internacionales no gubernamentales en las reuniones del Comité Ejecutivo como observadores, con arreglo a las propuestas expuestas en el documento y basándose concretamente en el hecho de que ya participaban con esa calidad en la Cumbre Mundial Alimentaria. Una de las organizaciones que participaba en calidad de observador expresó un punto de vista opuesto. Las delegaciones y organizaciones observadoras que se pronunciaron a favor de esas propuestas mencionaron la necesidad de transparencia como fundamento de la participación en los trabajos del Comité Ejecutivo. Algunas delegaciones manifestaron su preocupación sobre la posible falta de equidad de una medida encaminada a permitir la participación de las organizaciones internacionales no gubernamentales en calidad de observadores, cuando los propios Países Miembros no gozaban de ese derecho.

80. Algunas delegaciones apoyaron también las propuestas de aumentar el número de miembros del Comité Ejecutivo, comprendida la designación de los Coordinadores Regionales para formar parte de este órgano. No obstante, hubo divergencia de pareceres entre las delegaciones con respecto a la propuesta de ampliar la composición del Comité Ejecutivo de tal manera que la representación en su seno fuese proporcional al número de miembros de cada región. Se indicó que todas las regiones tenían sus características y problemas específicos, y que en su calidad de regiones debían estar representadas por igual. Varias delegaciones estimaron que, habida cuenta de la experiencia positiva de la función desempeñada por los Representantes Regionales, es decir los asesores de los Países Miembros, no se les debería excluir de las reuniones del Comité ejecutivo. Se propuso que se desplegaran esfuerzos para fortalecer las relaciones entre los Representantes Regionales y los Coordinadores Regionales. Varias delegaciones apoyaron con firmeza la propuesta de prestar una asistencia financiera a los Países Miembros en desarrollo para que participaran en las reuniones del Comité Ejecutivo.

81. Algunas delegaciones y el Observador de la ICGMA expresaron su preocupación por el hecho de que la ampliación del Comité Ejecutivo, tal y como se estaba proponiendo, mermaría su eficacia y convertiría de hecho a este órgano en una Comisión restringida, a la que no tendría acceso una gran parte de los Miembros de la propia Comisión. Se admitió que la importancia que había cobrado el Comité Ejecutivo se debía a las responsabilidades que asumió en nombre de la Comisión durante los años en que ésta no se reunía, sobre todo para las cuestiones de aprobación y asignación de los trabajos (Trámite 1 del procedimiento) y de adopción de anteproyectos de normas en el Trámite 5.

82. La Delegación de Malasia, con el apoyo de otras muchas delegaciones más, propuso que se emprendiera un examen del papel desempeñado por el Comité Ejecutivo con miras a su eventual supresión, teniendo en cuenta que sus funciones las asumían los períodos de sesiones ordinarios anuales de la Comisión previstos en el Artículo IV.1 del Reglamento. Las delegaciones que mantuvieron este punto de vista señalaron que una medida de este tipo resolvería todos los problemas que actualmente se estaban examinando en relación con la composición del Comité Ejecutivo y la transparencia de sus decisiones.

83. La Delegación de Argentina señaló que se debían identificar los aspectos de los trabajos del Comité Ejecutivo que exigiesen una mayor transparencia y que se debían presentar propuestas prácticas de índole específica para mejorarla, si fuere necesario.

84. Para examinarlo en su siguiente reunión, el Comité pidió a la Secretaría la preparación de un documento sobre la función del Comité Ejecutivo y las repercusiones que entrañarían su supresión y ulterior sustitución por los períodos de sesiones anuales de la Comisión. También pidió que, para someterlas a su examen, se prepararan medidas específicas encaminadas a incrementar la transparencia, así como la representación de las organizaciones internacionales no gubernamentales y la participación de los países en desarrollo en el Comité Ejecutivo, en caso de que éste no fuera abolido.


[9] CX/GP 00/6; CRD 2 (Observaciones de la IACFO); CRD 10 (Observaciones de Malasia); CRD 14 (observaciones de Tailandia); y CRD sin número (Internacional de Consumidores)
[10] ALINORM 99/37, párrs. 44-46.

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