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ANTEPROYECTO DE REVISIÓN DE LA NORMA GENERAL DEL CODEX PARA ALIMENTOS IRRADIADOS (Tema 10 del programa)[30]

62. En su 31a reunión el Comité Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos observó que el Grupo de Estudio Mixto FAO/OMS/OIEA sobre irradiación a dosis elevadas había examinado la salubridad de los alimentos irradiados en dosis superiores a 10 kGy, el límite actual en la Norma del Codex para Alimentos Irradiados (CODEX STAN 106-1983), y había concluido que los alimentos irradiados a cualquier nivel apropiado para lograr el objetivo tecnológico resultaban inocuos y adecuados desde el punto de vista nutricional. En vista de esta recomendación, la 31a reunión del CCFAC examinó la necesidad de revisar la norma en vigor. Puesto que hubo apoyo general para la revisión, el Comité acordó proponer la revisión de la Norma General como nuevo trabajo[31]. En su 23o período de sesiones, la Comisión aprobó la revisión de la Norma General del Codex para Alimentos Irradiados[32].

63. Los representantes de la OIEA señalaron a la atención las recomendaciones presentadas por el Grupo de Estudio Mixto FAO/OMS/OIEA sobre irradiación a elevadas dosis de no imponer un límite o dosis máxima, ya que cualquier alimento irradiado en dosis apropiadas para lograr el objetivo tecnológico resultaría inocuo y adecuado desde el punto de vista nutricional.

64. Las observaciones presentadas tanto por escrito como verbalmente en la presente reunión apoyaban la necesidad de una revisión de la Norma General. El representante de la Unión Europea no estaba de acuerdo en modificar la dosis máxima en vigor. Algunos países propusieron pequeñas modificaciones de la revisión presentada. Una recomendación de la Unión Europea apoyada por la Unión Internacional de Asociaciones de Consumidores implicaría volver al párrafo actual 3.1 sobre higiene con un contenido más explícito sobre las buenas prácticas de higiene. Dos delegaciones apuntaron que también debería modificarse el Código Internacional de Prácticas Recomendado sobre el Funcionamiento de Instalaciones de Irradiación utilizadas para el Tratamiento de Alimentos (CAC/RCP 19-1979).

65. El Comité decidió pedir a la OMS, en colaboración con la OIEA y la FAO, la revisión de la Norma General Codex para Alimentos Irradiados, a fin de distribuirla, recabar observaciones en el Trámite 3 y someterla a posterior examen en la 33a reunión del CCFAC. El Comité también acordó solicitar al Comité Ejecutivo la consideración, como nuevo trabajo, de la revisión del Código Internacional de Prácticas Recomendado para el Funcionamiento de Instalaciones de Irradiación utilizadas para el Tratamiento de Alimentos (CAC/RCP 19-1979) a fin de asegurar su coherencia con la Norma General revisada e incorporar los principios del HACCP.


[30] CL 1999/32-FAC y observaciones presentadas por Canadá, Australia, Sudáfrica y la Organización Internacional de Asociaciones de Consumidores (CX/FAC 00/11)
[31] ALINORM 99/12A, Párrs. 6-7
[32] ALINORM 99/37, Párr. 210 y Apéndice VIII

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