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INFORME SOBRE LAS CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS REUNIONES CONJUNTAS FAO/OMS SOBRE RESIDUOS DE PLAGUICIDAS DE 1999 Y 2000


EXPOSICIÓN DIETÉTICA EN RELACIÓN CON EL ESTABLECIMIENTO DE LMR (Tema 5 del programa)

(Tema 4 del programa)[3]

13. El Comité tomó nota de los temas incluidos en las consideraciones generales de la JMPR de 2000: los progresos en la estimación de la ingestión a corto plazo estimada internacional (ICPEI); la pertinencia de los cuestionarios sobre la elaboración de los alimentos para las evaluaciones de la JMPR; las medidas que se debían tomar cuando la ingestión dietética estimada superaba la IDA; la viabilidad de establecer límites máximos de residuos para los cultivos modificados genéticamente y para residuos de metabolitos; los datos mínimos necesarios para establecer límites máximos de residuos, incluidas las tolerancias para la importación; el examen periódico de los datos sobre residuos de compuestos que se estaban registrando nuevamente a nivel nacional; el mantenimiento de la independencia del proceso de toma de decisiones por la JMPR; la información requerida para establecer las buenas prácticas agrícolas; la armonización entre el JECFA y la JMPR; el establecimiento de dosis de referencia agudas; y resúmenes de efectos finales críticos. El examen de la mayoría de estas cuestiones se aplazó a otros temas del programa.

14. El Comité observó que la JMPR seguía mejorando el método de estimación de la ICPEI a la luz de la experiencia obtenida en su aplicación. Por ejemplo, en el caso 2a el nivel MRES/MRES.-E (nivel mediano de residuos en ensayos supervisados, NMRE en alimentos elaborados) se había cambiado por RME/RME-E (residuo más elevado/RME en alimentos elaborados) porque el cálculo previo podía no reflejar la situación real en que el producto disponible para el consumo probablemente procedería de un lote único. La JMPR también aplicó por primera vez el cálculo de la ICPEI a partir de datos sobre productos animales.

15. El Comité debatió la pertinencia de los cuestionarios sobre la elaboración de los alimentos para las evaluaciones de la JMPR. Reconoció que el cuestionario servía de base para definir los productos elaborados apropiados, y recomendó que el Programa SIMUVIMA/Alimentos utilizara la información del mismo para revisar o elaborar datos en torno al consumo de alimentos a fin de evaluar la ingestión dietética a corto y largo plazo. La JMPR seguiría evaluando los datos de elaboración que describía el Manual de la FAO. No se aplicaría ningún factor por defecto ni se impondrían requisitos nuevos a los presentadores de datos.

16. El Comité tomó nota de la conclusión de la JMPR en cuanto a la propuesta realizada por algunos gobiernos y fabricantes en la 32ª reunión del CCPR sobre las medidas que se debían tomar cuando la ingestión dietética estimada excediera la ingestión diaria admisible. La JMPR concluyó que las determinaciones nacionales de la ingestión dietética eran de utilidad únicamente a nivel nacional y podían utilizarse a dicho nivel para precisar las estimaciones realizadas por la JMPR. Explicó que los cálculos de la ingestión dietética efectuados por los fabricantes para respaldar los compuestos sometidos a examen periódico o evaluados por primera vez tenían poca pertinencia.

17. El Comité tomó nota de las observaciones formuladas, por la JMPR sobre el documento de Canadá, de que no era aplicable ningún enfoque individual para establecer límites máximos de residuos para los cultivos modificados genéticamente y para los residuos de sus metabolitos, por lo que en la actualidad debería utilizarse un enfoque caso por caso.

18. El Comité estaba de acuerdo con la recomendación de la JMPR relativa a la propuesta de la Federación Mundial de Protección Fitosanitaria (GCPF) de que se modificaran los requisitos en materia de información sobre las BPA (etiquetado). La JMPR indicó que las etiquetas originales (y si era necesario las traducciones) debían proporcionarse únicamente para los usos que estaban convenientemente respaldados por datos de residuos según los requisitos de la FAO. Se debía seguir presentado un resumen completo de la información sobre las BPA, puesto que la empresa podía no tener siempre una visión clara de cuáles eran las extrapolaciones válidas. En tales casos, a la JMPR quizás no le sería posible proponer un LMR para un producto por carecer de información sobre las BPA pertinentes, ya que aunque dicha información existiera no sería proporcionada por la compañía.

19. El Comité observó que la JMPR había acordado examinar el informe del taller de la OCDE sobre los requisitos mínimos de datos cuando estuviera terminado. La JMPR estaba interesada de manera especial en el proyecto OCDE/FAO de validar las zonas geográficas dentro de las cuales podían extrapolarse datos de residuos. Varias delegaciones expresaron preocupaciones en torno a los parámetros considerados en la distribución por zonas basada en el clima. El observador de la CE expresó su inquietud por la limitada participación de la JMPR en esta actividad. La delegación de Chile explicó que además del clima había otros factores para tener en cuenta, como por ejemplo las BPA. El Comité manifestó su interés por el resultado del proyecto, y recomendó que la JMPR participara activamente en el mismo y utilizara sus resultados.

20. En relación con el examen periódico de datos sobre residuos de compuestos que se estaban registrando nuevamente a nivel nacional, la JMPR decidió que desde 2001 los exámenes de compuestos deberían concentrarse en usos nuevos o modificados o bien en usos corrientes respaldados por datos que ofrecieran detalles completos de la evaluación. Se recomendarían LMR para los usos corrientes, pero para usos nuevos o modificados sólo se recomendarían cuando estos usos se hubieran transformado en BPA. Además, la JMPR recomendó que el examen periódico de compuestos se aplazara hasta el momento en que las autoridades nacionales pudieran razonablemente haber finalizado el proceso de nuevo registro. El Comité estaba de acuerdo con esta recomendación.

21. En la sección del informe de la JMPR de 2000 relativa al mantenimiento de la independencia del proceso de adopción de decisiones de la Reunión Conjunta se examina un informe sobre las estrategias de las compañías tabacaleras para contrarrestar las actividades de lucha contra el tabaco de la Organización Mundial de la Salud, publicado en agosto de 2000 por el Comité de Expertos en documentos de la industria del tabaco. En el documento se suponía una influencia indebida sobre el resultado de las evaluaciones toxicológicas de los etilenobisditiocarbamatos (EBDC) y etilenotiourea (ETU) realizadas por la JMPR en 1993 debido a la participación de un científico que actuaba como asesor temporal de la OMS y había estado recibiendo honorarios de consultoría de la industria tabaquera en aquel tiempo. Tras revisar el documento y las evaluaciones previas, la Reunión Conjunta de 2000 concluyó que las evaluaciones de dichas sustancias efectuadas en 1993 eran apropiadas y no habían sido influenciadas por la industria tabaquera. La reunión hizo una serie de recomendaciones, muchas de ellas orientadas a aumentar la transparencia y la integridad del proceso. El Cosecretario por parte de la OMS informó también al Comité de que un grupo de trabajo del Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer había evaluado la ETU junto con una serie de otros agentes tirotrópicos en octubre de 2000. El grupo de trabajo concluyó que la ETU no era genotóxica y que no se preveía que produjera cáncer de tiroides en los seres humanos expuestos a concentraciones que no alteraran la homeostasis de la hormona tiroidea. Se trata de una conclusión similar a la alcanzada por la JMPR en 1993.

22. Varias delegaciones y organizaciones destacaron la importancia de mejorar la transparencia y responsabilidad de la FAO, la OMS y el Codex en su labor, incluyendo la intervención de todas las partes interesadas. El Comité respaldó las recomendaciones del informe sobre el procedimiento para incrementar la transparencia y credibilidad del proceso de la JMPR. También apoyó la recomendación de revisar los nuevos datos sobre estas sustancias cuando estuvieran disponibles. Asimismo estuvo de acuerdo con la JMPR de 2000 en que las evaluaciones de los EBDC y la ETU realizadas por la JMPR en 1993 eran válidas, y no era necesario adoptar medidas en relación con los LMR del Codex para los ditiocarbamatos.

23. El Comité era de la opinión de que las cuestiones generales podían abordarse más adecuadamente en la Comisión. Tomó nota de las conclusiones relativas a la información necesaria para las buenas prácticas agrícolas que figuraban en la sección 2.8 del informe de la JMPR de 2000, y dio su apoyo a las mismas.

24. Desde 1995 la Reunión Conjunta incluía en sus evaluaciones toxicológicas un cuadro en que se identificaban los efectos finales pertinentes para establecer valores de referencia para la exposición dietética y no dietética. La JMPR de 2000 había pedido que se aportaran contribuciones sobre la utilidad de dicho cuadro. Varias delegaciones manifestaron que esos cuadros eran muy útiles, por lo que el Comité animó a la JMPR a que siguiera incluyéndolos en sus evaluaciones.

25. El Comité observó que el JECFA y la JMPR continuarían armonizando las cuestiones relacionadas con los compuestos que se utilizaban como plaguicidas y como medicamentos veterinarios. En la JMPR de 2000 se había examinado, entre otras, la definición de abamectin para productos animales.

26. Respecto de la petición de la 32ª reunión del CCPR sobre la recomendación de la JMPR de 1999 de que se elaboraran especificaciones de los plaguicidas antes de que los evaluara la Reunión Conjunta, los Cosecretarios informaron al Comité de que este proceso iniciaría en 2003. El programa se distribuiría de forma que durante la fase inicial se diera prioridad a los compuestos del programa de examen periódico. El Comité también fue informado de que en el marco de un Memorando de Acuerdo reciente la FAO y la OMS elaborarían conjuntamente las especificaciones de los plaguicidas, con la consiguiente convocación de unas reuniones mixtas sobre especificaciones que empezarían en el año 2002. La nueva cooperación entre las dos organizaciones intensificaría aún más la coordinación y programación apropiada de los compuestos considerados en dichas reuniones mixtas y en el proceso de examen de la JMPR.

27. El Comité tomó nota de la iniciativa y las novedades mencionadas.

EXPOSICIÓN DIETÉTICA EN RELACIÓN CON EL ESTABLECIMIENTO DE LMR (Tema 5 del programa)


INFORME PARCIAL DE LA OMS SOBRE LA ELABORACIÓN DE BASES DE DATOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN AGUDA (Tema 5a del programa)
EXAMEN DEL PROCEDIMIENTO PARA ABORDAR LA PREOCUPACIÓN POR LA EXPOSICIÓN DIETÉTICA CRÓNICA (Tema 5b del programa)
PRINCIPIOS Y METODOLOGÍAS DE ANÁLISIS DE RIESGOS APLICADOS HASTA AHORA EN LA LABOR DEL COMITÉ (Tema 5c del programa)
INFORME SOBRE LA REVISIÓN DE LAS DIETAS REGIONALES E INFORMACIÓN SOBRE ELABORACIÓN (Tema 5d del programa)

INFORME PARCIAL DE LA OMS SOBRE LA ELABORACIÓN DE BASES DE DATOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN AGUDA (Tema 5a del programa)[4]

28. El representante de la OMS proporcionó información sobre los cálculos de la ingestión a corto plazo estimada internacional (ICPEI) preparados por la JMPR de 2000 (Sección 3.2 y Anexo 4) y observó que la JMPR no había podido confirmar que las ICPEI fueran inferiores a las dosis de referencia agudas para clormequat en peras, dinocap en uva, y paration en cebada y manzanas. También observó que la JMPR de 2000 había hecho varias correcciones a los cálculos de la ICPEI efectuados por la JMPR de 1999 (Anexo IV).

29. En respuesta a la parte 4 (A) de la carta circular CL 2000/27-PR, el Reino Unido y Estados Unidos habían proporcionado información sobre sus enfoques nacionales para estimar las ingestiones a corto plazo, que utilizaban enfoques deterministas y probabilísticos, respectivamente. La Unión Europea y Australia indicaron que en sus enfoques aplicaban principios similares a los utilizados por la JMPR. Sudáfrica comunicó que se estaba realizando un estudio de la dieta total y que dichos datos podían utilizarse como base para estimar la ingestión a corto plazo.

30. Con respecto a la petición de datos[5] adicionales para desarrollar aún más las bases de datos sobre grandes porciones relativa al percentil 97,5 de consumo de alimentos (consumidores solamente), se habían recibido datos de Australia y Nueva Zelandia pero no estaban expresados sobre la base del peso corporal. Además, Suecia proporcionó datos sobre el peso mediano y la porción comestible de una serie de productos.

31. Algunas delegaciones y el observador de la Unión Internacional de Asociaciones de Consumidores (CI) expresaron la opinión de que la existencia de procedimientos diferentes para evaluar la exposición aguda en los países miembros causaría problemas, y que los enfoques deberían armonizarse a nivel internacional.

32. La delegación de los Países Bajos informó al Comité de que se estaban elaborando unas líneas de conducta a nivel nacional sobre los criterios y procedimientos para el establecimiento de dosis de referencia agudas, y el Comité invitó a la delegación a que comunicara dichas líneas de conducta a la JMPR para que las tuviera en cuenta en su próxima reunión, en 2001.

33. Otros países miembros y organizaciones internacionales fueron invitados también a presentar el resultado de sus estudios a la JMPR para facilitar su examen posterior de esta cuestión. Esto resultaba particularmente importante puesto que las bases de datos toxicológicos actuales no estaban diseñadas para establecer dosis de referencia agudas, como se indicaba en el informe de la JMPR (sección 2.10).

34. El Cosecretario de la JMPR por parte de la OMS indicó que la función de la JMPR no era examinar dosis de referencia agudas nacionales individuales sino elaborar solamente criterios para su establecimiento a nivel internacional; para ese fin era necesario recibir orientación de los países miembros sobre la metodología aplicada a nivel nacional.

35. El observador de la Federación Mundial de Protección Fitosanitaria (GCPF) indicó que se había realizado un proyecto sobre la variabilidad de los residuos detectados en el análisis de una unidad individual, basado en ensayos de campo supervisados, y que se estaba preparando el análisis estadístico de los datos cuyos resultados se entregarían a la JMPR.

EXAMEN DEL PROCEDIMIENTO PARA ABORDAR LA PREOCUPACIÓN POR LA EXPOSICIÓN DIETÉTICA CRÓNICA (Tema 5b del programa)[6]

36. El Comité recordó que la última reunión había analizado cómo se debía proceder cuando la ingestión diaria estimada internacional (IDEI) indicara que la IDA podía excederse en una o varias dietas regionales; que no se había llegado a un consenso, y que el Comité había acordado que la delegación de Australia redactaría de nuevo su documento de examen para someterlo a consideración posterior.

37. La delegación de Australia resaltó los problemas que planteaban los cálculos de la IDEI puesto que podían dar una sobreestimación de la ingestión dietética, incluso en casos en que los cálculos dietéticos nacionales demostraban que la IDA no se excedería. La delegación expuso las recomendaciones formuladas en el documento para abordar este problema: desarrollo continuo de los cálculos de la exposición dietética a nivel internacional a fin de proporcionar estimaciones realistas; elaboración de criterios para el uso de estudios de la dieta total nacional; establecer una consulta de expertos sobre este tema; animar a los países a que presenten datos pertinentes para los cálculos de la ingestión dietética; limitar la importancia asignada a la ingestión dietética internacional al considerar el establecimiento de LMR. También se propuso que se examinara el establecimiento de LMR incluso en los casos en que la IDA se excediera en una de las dietas regionales.

38. Varias delegaciones apoyaron el desarrollo continuo de los cálculos de la exposición dietética a nivel internacional con el fin de proporcionar una estimación más realista de la exposición, y señalaron que los países miembros deberían aportar datos adicionales para mejorar el proceso actual.

39. La delegación de Estados Unidos apoyó la mejora de la evaluación de la ingestión crónica ya que la práctica actual llevaba a sobreestimaciones, e indicó que los LMR podrían finalizarse cuando la IDA se excediera en una sola dieta regional. El observador de CGPF expresó el punto de vista de que la adopción de dichos LMR no llevaría a un nivel de protección más bajo puesto que los cálculos de la IDEI eran demasiado prudentes y creaban problemas artificiales, al ser muy conservado el cálculo de la IDA. Así pues, las medidas que se adoptaran buscarían resolver un problema artificial.

40. Varias delegaciones y el observador de la Unión Internacional de Asociaciones de Consumidores (CI) se opusieron a desplazar la atención principal de los estudios de la ingestión dietética internacional a estudios de la ingestión dietética nacional, y a la adopción de LMR cuando se excedía la IDA en alguna dieta regional. Subrayaron que esto no sería coherente con los objetivos del Codex ya que las normas para la protección de la salud de los consumidores deberían elaborarse partiendo de una base mundial. Algunas delegaciones señalaron que esto causaría problemas específicos a los países en desarrollo que se basaban en las recomendaciones del Codex cuando no podían realizar sus propios análisis de riesgos.

41. Algunas delegaciones apoyaron la propuesta de establecer una consulta de expertos FAO/OMS sobre la estimación de la ingestión dietética para abordar esta compleja cuestión. Otras delegaciones opinaban que en esta etapa era difícil dar un claro mandato a dicha consulta, y que al parecer no se disponía de suficientes datos pertinentes para ese fin.

42. El Comité acordó que se necesitaba mejorar las estimaciones dietéticas internacionales y que debería proseguir la labor en este campo, y animó a los países a que generaran datos pertinentes a fin de mejorar los cálculos de la ingestión dietética, como se había indicado en el informe de la JMPR.

43. El Comité reconoció que de momento deberían mantenerse los procedimientos actuales, y reafirmó su decisión anterior de que ningún LMR debería adelantarse al Trámite 8 cuando se excediera la IDA en una o más dietas regionales.

PRINCIPIOS Y METODOLOGÍAS DE ANÁLISIS DE RIESGOS APLICADOS HASTA AHORA EN LA LABOR DEL COMITÉ (Tema 5c del programa)[7]

44. El Presidente presentó el documento preparado a instancias de la última reunión del Comité para examinar la aplicación de los principios y metodologías de análisis de riesgos al establecimiento de LMR para residuos de plaguicidas.

45. El Presidente señaló que se habían logrado grandes progresos en relación con la ingestión crónica, especialmente mediante la revisión de las Directrices para pronosticar la ingestión dietética de residuos de plaguicidas de la OMS (1997), y recordó las cuestiones principales examinadas por el Comité: debería hacerse una clara distinción entre los planteamientos nacionales e internacionales; los LMR podrían finalizarse cuando no se excediera la IDA en ninguna de las dietas regionales; el procedimiento actual se había mantenido ya que no se había alcanzado un consenso sobre una revisión de los cálculos de la ingestión dietética a nivel internacional (véase el párr. 43). El Presidente hizo también referencia a las novedades recientes en relación con la ingestión dietética aguda, inclusive el establecimiento de dosis de referencia aguda en la JMPR y la consideración de la toxicidad agudas como uno de los criterios para establecer LMR. Sin embargo ésta seguía siendo una cuestión difícil y, como se desprendía del debate anterior, (véase el tema 5a del programa) requeriría un examen más exhaustivo.

46. El Comité expresó su aprecio al Presidente ya que este amplio documento resumía la integración del análisis de riesgos en la labor del Comité. Varias delegaciones, el representante de la OMS y el observador de la CE apoyaron las conclusiones del documento y manifestaron que no era necesario que el Comité adoptara más medidas al respecto.

47. La delegación de España señaló que debían examinarse más a fondo los factores de variabilidad ya que del informe de la JMPR (2000) se desprendía que en algunos casos eran muy elevados, sobre todo en el caso del tratamiento del suelo, y esto podría dar lugar a un criterio excesivamente prudente. El representante de la FAO/OIEA recordó que los cálculos de la JMPR estaban basados en amplios datos de residuos y que los factores de variabilidad utilizados en la ICPEI reflejaban con precisión los residuos encontrados en una amplia gama de productos.

48. El observador de la Unión Internacional de Asociaciones de Consumidores (CI) indicó que el Comité sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos estaba preparando un amplio documento sobre el análisis de riesgos, y propuso seguir un enfoque similar para los residuos de plaguicidas. El observador subrayó de manera especial la importancia de abordar la política de evaluación de riesgos, la relación recíproca entre evaluación y gestión de riesgos, el uso de otros factores legítimos en el CCPR y la JMPR, y la comunicación de riesgos.

49. La delegación de Nueva Zelandia apoyó ese punto de vista y subrayó la importancia de definir la política de evaluación de riesgos en el Comité y abordar la comunicación de riesgos, sobre todo porque era importante informar a otros Comités del Codex del planteamiento adoptado por el CCPR en el establecimiento de LMR.

50. El Presidente observó que a pesar de que los procedimientos del análisis de riesgos aplicados al establecer LMR no estaban presentados actualmente en un único documento, se reflejaban en varias orientaciones o textos afines utilizados por la JMPR y el CCPR, como por ejemplo el Manual sobre la presentación de datos y la evaluación de datos de residuos de plaguicidas para la estimación de niveles máximos en los alimentos y piensos, de la FAO, y las Directrices para predecir la ingestión dietética de

51. El Comité observó que el Comité sobre Principios Generales estaba examinando el Anteproyecto de Principios de Aplicación Práctica para el Análisis de Riesgos, y que la Comisión examinaría en su 24º período de sesiones los informes de los Comités del Codex pertinentes sobre la integración del análisis de riesgos en sus decisiones. El Comité acordó que en esta etapa no era necesario elaborar un documento adicional sobre el análisis de riesgos, y observó que las medidas futuras dependerían de las recomendaciones de la Comisión en esta materia.

INFORME SOBRE LA REVISIÓN DE LAS DIETAS REGIONALES E INFORMACIÓN SOBRE ELABORACIÓN (Tema 5d del programa)[8]


DIETAS REGIONALES
INFORMACIÓN SOBRE LA ELABORACIÓN

DIETAS REGIONALES

52. El Comité, en su última reunión, pidió que se aclarara el posible impacto de la revisión de las dietas regionales del Programa SIMUVIMA/Alimentos sobre las estimaciones de la exposición dietética realizadas por la JMPR (ALINORM 01/24, párr. 38). El representante de la OMS presentó los cálculos de IDMT para un plaguicida hipotético utilizando las cinco dietas regionales del Programa SIMUVIMA/Alimentos, y las trece dietas de grupos de consumo propuestas por dicho Programa. Los resultados sugerían que por término medio las dietas propuestas incrementarían ligeramente las estimaciones de la exposición, pero que la gama de valores se ampliaría. Para la actual dieta de tipo europeo las cinco dietas de grupos de consumo que la sustituirían darían, en el peor de los casos, un incremento aproximado del 60% en la exposición estimada, en comparación con la dieta actual.

53. El representante de la OMS observó que se esperaba un aumento de la exposición porque las dietas actuales tendían a extraer promedios del consumo de productos alimenticios entre países con modelos de consumo muy diferentes. Por ejemplo el consumo de maíz en la actual región africana incluía a países que eran grandes y pequeños consumidores de maíz. Esto comportaba actualmente una subestimación del consumo de maíz en esa región. Por tanto las dietas de grupos de consumo, cuando estuvieran terminadas, representarían una descripción más precisa de los modelos dietéticos de los países miembros. El desarrollo completo de las dietas para incluir unos 250 productos con LMR del Codex existentes o propuestos, así como determinados productos elaborados, podía llevar hasta tres años por la necesidad de calcular el consumo de muchos alimentos. Se observó que el CCFAC y el JECFA también utilizaban las cinco dietas regionales del Programa SIMUVIMA/Alimentos para estimar la exposición a los contaminantes, y que el JECFA acogía con agrado la revisión de las dietas para estimar con más precisión la exposición.

54. El Comité pidió también a la OMS que proporcionara una estimación del consumo total de alimentos a fin de evaluar las posibles diferencias entre las dietas de grupos de consumo. El consumo total de alimentos estimado variaba de 1156 g por persona y por día a 2337 g por persona y por día. El valor más bajo estaba probablemente subestimado, ya que los alimentos producidos por la agricultura de subsistencia no estaban incluidos en las Hojas de balance de alimentos de la FAO.

55. En respuesta a algunas preguntas el representante de la OMS recordó que la definición de evaluación de la exposición se refería a la exposición de todas las fuentes, y confirmó que el uso veterinario se había tenido en cuenta en los cálculos de la ingestión dietética. Esto se observaba, por ejemplo, en los cálculos de la IDEI para el tiabendazol que figuraban en el Anexo 3 del informe de la JMPR del año 2000.

56. El Comité apoyó en general la elaboración de las 13 dietas regionales revisadas y observó que sería necesario mejorar las dietas, incluyendo ejemplos sobre el cálculo de LMR para frutas y hortalizas, antes de recomendar su uso para los fines de la JMPR. El Comité acordó que debería ser informado sobre otros avances importantes que se lograran en el marco del Programa SIMUVIMA/Alimentos respecto de la finalización de las dietas regionales.

INFORMACIÓN SOBRE LA ELABORACIÓN

57. El representante de la OMS informó también que en respuesta a la carta circular CL2000/27-PR no se había recibido información adicional sobre las prácticas nacionales de elaboración de alimentos. Se observó que solamente Tailandia había cumplimentado el cuestionario sobre la elaboración.

58. Al examinar el cuestionario (Sección 2.2) la JMPR de 2000 acogió con agrado la utilización del mismo para colmar las lagunas de conocimientos sobre los métodos habituales de elaboración de productos agrícolas en bruto. Sería de particular utilidad la información sobre diferencias importantes en las técnicas de elaboración de una región a otra. La JMPR observó que actualmente no se disponía de información sobre importantes alimentos elaborados, como por ejemplo diversos zumos (jugos) de fruta, cerveza de cebada, harina de maíz, salvado de centeno y trigo, para utilizar en la evaluación de los riesgos dietéticos.

59. El Comité fue informado de que el Programa SIMUVIMA/Alimentos estaba reconsiderando el cuestionario para que se centrara en productos elaborados específicos importantes para la evaluación de la exposición. Con este fin se tendría en cuenta la información de que disponían los países miembros, basada en los requisitos efectivos nacionales y regionales en materia de datos sobre el destino final de los plaguicidas durante la elaboración.

60. Algunas delegaciones expresaron el punto de vista de que el propósito de recopilar información sobre la elaboración no estaba del todo claro, sobre todo porque los LMR en vigor utilizaban solamente una pequeña porción de la IDA. Otras delegaciones apoyaron el desarrollo de dichos estudios puesto que era importante demostrar que los LMR eran inocuos a nivel mundial.

61. El Comité reconoció que en esta etapa en el CCPR no se podía avanzar más puesto que no se habían presentado datos adicionales sobre la elaboración, y observó que esto se examinaría más a fondo en el marco del Programa SIMUVIMA/Alimentos partiendo de los estudios de elaboración disponibles a nivel nacional y regional.

62. El Comité convino en interrumpir el acopio de información por medio del cuestionario. Reconoció, sin embargo, la importancia de que SIMUVIMA/Alimentos recogiera datos sobre los estudios de elaboración que requerían actualmente los gobiernos.


[3] Residuos de plaguicidas en los alimentos - 1999 (Serie FAO Producción y Protección Vegetal, Nº 153, 1999) y 2000 (Serie FAO Producción y Protección Vegetal Nº 163, 2001); CRD 4; CRD 5.
[4] CL 2000/27-PR; CX/PR 01/3; Informe de la JMPR de 2000, CRD 14 (observaciones de la Federación Mundial de Protección Fitosanitaria)
[5] Parte 4 (B) de la CL 2000/27-PR
[6] CX/PR 01/4, CRD 5 (observaciones de CI), CRD4 (observaciones de la Comunidad Europea).
[7] CX/PR 01/5, CRD 5 (observaciones de la Unión Internacional de Asociaciones de Consumidores (CI)) residuos de plaguicidas de la OMS, así como en la política acordada por el CCPR sobre el establecimiento de LMRE y en el procedimiento de examen periódico.
[8] CX/PR 01/6

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