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PARTE VI

LA COMISION DEL CODEX ALIMENTARIUS Y EL FOMENTO DE LA ATENCION PRIMARIA DE SALUD

114. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 85/39, que había preparado la OMS atendiendo a la petición que había hecho el Comité Ejecutivo en su 31 reunión (véase ALINORM 85/3, párr. 154 a 158). Al presentar el documento, el Dr. Käferstein, de la OMS señalo que lo que en él se pretendía era identificar algunas actividades concretas que la Comisión podía realizar o emprender con el fin de contribuir a la aplicación de la Atención Primaria de Salud (APS).

115. En una Conferencia Internacional que se celebró en Alma-Ata (URSS) en 1978 se llegó a la conclusión de que la meta de la OMS y de sus Estados Miembros (la salud para todos en el año 2000) sólo podía alcanzarse mejorando y ampliando la APS. La APS comprendía varios componentes, uno de los cuales era el de promover el suministro de alimentos inocuos y una nutrición apropiada, haciéndose hincapié en la necesidad del esfuerzo colectivo en los planos individual, familiar y comunitario. Un Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en inocuidad de los Alimentos (Ginebra, 1983; WHO TRS No. 705, 1984) había recomendado que la inocuidad de los alimentos se considerase parte integrante del sistema de prestación de la APS. Esa recomendación debía entenderse teniendo en cuenta los siguientes hechos: i) los programas de inocuidad de los alimentos en los países desarrollados, en la forma en que solían aplicarse (mediante la inspección oficial de los alimentos), no habían conseguido reducir la incidencia de las enfermedades transmitidas por los alimentos y ii) en los países en desarrollo la proporción de alimentos sometidos a algún tipo de inspección, por motivos sanitarios o comerciales, era muy escasa. Era, pues, evidente la necesidad de emprender las actividades que se señalan a continuación para dar cumplimiento a la recomendación del Comité de Expertos en Inocuidad de los Alimentos:

  1. la educación de los consumidores;
  2. la capacitación de los manipuladores de alimentos y de las personas que trabajan con las comunidades (agentes comunitarios, personal de enfermería, trabajadores de extensión agraria, y otros);
  3. la elaboración de tecnologías apropiadas;
  4. la coordinación intersectorial.

116. Se recordó a la Comisión que aunque, en realidad, la Comisión del Codex Alimentarius aplicaba un programa sobre normas alimentarias y no un programa de inocuidad de los alimentos, contaba con determinadas capacidades y mecanismos ya establecidos que podían ser útiles para la realización de algunas de las actividades necesarias (véase el párrafo 115 anterior) que se requerien para integrar la inocuidad de los alimentos en el sistema de prestación de APS. Por consiguiente, en el documento objeto de examen, se habían formulado a tal fin las siguientes propuestas:

  1. Como complemento de los esfuerzos desplegados por la Comisión y su Secretaría para incrementar la aceptación o aplicación de normas y LMR del Codex por los Estados Miembros, debería hacerse un esfuerzo especial encaminado a llamar la atención sobre el valioso asesoramiento proporcionado por los códigos de prácticas de higiene publicados en los volúmenes A a H del Codex Alimentarius con respecto a la manipulación, el almacenamiento y la distribución higiénicos de los alimentos. Tales códigos pueden también ser útiles como material adicional para la capacitación en materia de inocuidad de los alimentos del personal de sanidad de las comunidades, los trabajadores de extensión agraria, los expertos en economía del hogar, los nutricionistas y el personal afín que trabaja con las comunidades, a quienes les es indispensable un conocimiento de los principios básicos de inocuidad de los alimentos para poder trabajar con las familias y/o los elaboradores de alimentos en pequeña escala, a fin de mejorar la calidad higiénica y nutricional de los alimentos y reducir las pérdidas de éstos.

  2. Debería estimularse a los gobiernos y a las ONG (incluida la industria alimentaria) a traducir algunas partes, por lo menos, del Codex Alimentarius a sus idiomas nacionales, a fin de que los textos del Codex sean accesibles para las comunidades y las pequeñas industrias.

  3. Debería pedirse a la Secretaría que elaborara material informativo apropiado sobre la Comisión del Codex Alimentarius (CAC), en colaboración con los servicios de información de la FAO y de la OMS.

  4. Los Directores Generales de la FAO y la OMS tal vez estimen oportuno informar, de vez en cuando, a sus respectivos órganos rectores, la Conferencia de la FAO y la Asamblea Mundial de la Salud, sobre las actividades de la CAC que complementan las de promoción de las metas de la “salud para todos en el año 2000” y la “Agricultura: Horizonte 2000”, con el fin de que dichos órganos rectores puedan aprovechar mejor la labor de la CAC.

  5. Debería invitarse a los comités coordinadores de la CAC a que examinaran la posibilidad de incorporar en su programa, con carácter permanente, un tema que trate de la vigilancia de las políticas, los programas, los servicios y las instituciones relacionados con la inocuidad y la inspección de los alimentos, con el fin de estimular la adopción, en el plano nacional, de medidas que puedan llevar a un aumento de las actividades de cooperación técnica en materia de inocuidad de los alimentos entre los propios Estados Miembros y entre éstos, la FAO y la OMS.

  6. Debería pedirse a las Oficinas Regionales de la OMS y de la FAO que participaran en otras reuniones pertinentes, como talleres y seminarios sobre inocuidad de los alimentos, en tiempo y lugar oportunos, con reuniones de los comités coordinadores regionales encaminados a mejorar la común experiencia técnica, científica y práctica de los participantes.

  7. La Secretaría debería enviar invitaciones para asistir a los comités coordinadores regionales no sólo a los Ministerios de Agricultura y de Sanidad sino también a numerosas otras organizaciones internacionales o regionales interesadas, de carácter gubernamental y no gubernamental. Esta participación amplia ayudaría a difundir información sobre las maneras de evitar y enfrentar los riesgos que entrañan los alimentos y sobre la necesidad de una dieta sufficiente e inocua.

  8. Debería invitarse a los comités coordinadores a que siguieran examinando en sus futuras reuniones la posibilidad de integrar en el plano nacional la inocuidad de los alimentos en el sistema de prestación de atención primaria de salud.

117. Durante el debate sobre esta cuestión, varias delegaciones observaron que había llegado también el momento de que los Estados Miembros aplicaran las útiles recomendaciones del Codex Alimentarius en las medidas de salud pública. A tal fin, se volvió a insistir en la necesidad urgente de que los textos del Codex fueran más fácilmente accesibles. La delegación de la República Federal de Alemania informó a la Comisión de que un privado había traducido al alemán las normas, códigos de prácticas, métodos de análisis y toma de muestras, listas de aditivos y de residuos de plaguicidas, los cuales podían adquirirse en el mercado de publicaciones.

118. La delegación de Canadá sugurió que convenía que los puntos de contacto del Codex se familiarizaran plenamente con la documentación del Codex para asegurar una distribución apropiada. Como ejemplo del valor de las publicaciones del Codex, la delegación informó de que se habían distribuido en el país 10.000 ejemplares apróximadamente de los códigos de prácticas de higiene y declaró que dichos códigos constituían la base para interpretar las buenas prácticas de fabricación. La delegación sugirió también que se abreviaran los informes del Codex para facilitar su utilización y comprensión. Sin embargo, podría ser útil que se publicaran directrices sobre la utilización de la documentación del Codex para los comités nacionales del Codex.

119. La delegación de Noruega aludió a la necesidad de simplificar los textos del Codex y apoyó firmemente la idea de que se presentaran informes, con la periodicidad conveniente, a los órganos rectores de la FAO y la OMS.

120. La delegación de Kenya hizo referencia a una resolución sobre inocuidad e higiene de los alimentos, que había aprobado el Comité Coordinador Regional para Africa en su sexta reunión, pero manifestó que era poco probable que los Estados Miembros hubieran adoptado medidas para aplicarla. La delegación instó a los países en desarrollo a que se decidieran a actuar, y opinó que si en las reuniones de los comités coordinadores se mantuviera unavigilancia permanente de las políticas, los programas, los servicios y las instituciones nacionales relacionadas con la inocuidad y la inspección de los alimentos, ello estimularía considerablemente a los países a la acción.

121. La observadora de la Organización Internacional de las Uniones de Consumidores (IOCU) tomó la palabra para apoyar las recomendaciones que figuraban en el documento examinado. A su juicio, las Uniones Nacionales de Consumidores podían prestar una importante contribución al mejoramiento de la inocuidad de los alimentos, sobre todo en el ámbito de la educación de los consumidores.

122. El Jefe del Programa sobre Normas Alimentarias informó a la Comisión de que se había propuesto que el Comité de Agricultura de la FAO, en su reunión de 1987, se ocupara de la función de la calidad y de las normas alimentarias en relación con la inocuidad de los alimentos, la salud y el comercio, lo que brindaría una oportunidad excepcional de dar realce al Programa sobre Normas Alimentarias y a otras actividades que despliegan la FAO y la OMS en esos ámbitos. En lo que atañe a la propuesta de traducir los textos del Codex a los idiomas nacionales opinó que, en el plano nacional, lo que se necesitaba era la publicación de un folleto sencillo que explicara de forma práctica las disposiciones de los textos del Codex. Al resumir el debate, el Presidente declaró que era evidente que existían importantes limitaciones en cuanto a lo que la CAC podía hacer para contribuir a la aplicación de la APS. Pensaba que actividades de ese tipo correspondían más bien a la FAO y a la OMS. El Presidente juzgó que las propuestas que figuraban en el documento examinado eran útiles, y debería examinarse su aplicación práctica en los Comités Coordinadores Regionales. La Comisión estuvo de acuerdo con las opiniones expuestas por su Presidente.

Fomento de la aceptación u otras formas de aplicación de las normas del Codex y de los límites máximos del Codex para residuos de plaguicidas - Función del Comité del Codex sobre Principios Generales

123. La Comisión estuvo de acuerdo en que se señalaran a la atención del Comité del Codex sobre Principios Generales, en su próxima reunión, las sugerencias que se hacían en el documento ALINORM 85/40.

Utilización de los códigos de prácticas del Codex en los Estados Miembros

124. La Comisión tuvo a la vista el documento ALINORM 85/41, que contenía las respuestas que se habían recibido a propósito de un cuestionario distribuido por la Secretaría sobre la utilización de los códigos de prácticas y los códigos de prácticas de higiene.

125. La Comisión tomó nota de que la cuestión había sido ya examinada por el Comité Ejecutivo en su 32 reunión (Véase ALINORM 85/4, párrs. 47–56).

126. El Comité Ejecutivo, al examinar en su 31 reunión el futuro programa de trabajos de la Comisión, había subrayado la necesidad de emprender una intensa capaña a favor de la aceptación, aplicación y utilización de normas del Codex, y había señalado también la importancia de los códigos de prácticas y en particular de los códigos de prácticas de higiene con miras a alcanzar el objetivo de proteger la salud de los consumidores.

127. La Comisisón tomó nota de que, hasta la fecha, se habían elaborado más de 30 códigos y otros se hallaban en preparación. En los más recientes y en los que estaban siempre revisados se tenían en cuenta los sistemas de análisis de riesgos y de los puntos críticos de control (HACCP).

128. A diferencia de las normas del Codex, los códigos del Codex eran textos orientativos que no estaban sujetos a aceptación. Era por tanto difícil evaluar hasta qué punto se había logrado la finalidad propuesta, es decir la de ayudar a los gobiernos a asegurar que los alimentos se prepararan de acuerdo con las buenas prácticas de fabricación, y en particular en condiciones higiénicas saludables, y la de facilitar el comercio internacional.

129. La Comisión tomó nota de que, en consecuencia, el Comité Ejecutivo había acordado que “sería conveniente recabar información sobre cómo se aplicaban los códigos de prácticas en los países miembros” (ALINORM 85/3, párr. 162).

130. En la circular CL 1985/11, de febrero de 1985, se había invitado a los gobiernos a que proporcionaran información sobre las formas en que las autoridades de reglamentación y la industria utilizaban los códigos de prácticas del Codex en los propios países.

131. Se había comunicado al Comité Ejecutivo que se habían recibido respuestas de Argentina, Cuba, Grecia, Irlanda, Nueva Zelandia, Países Bajos, Noruega y Tailandia. En general, las respuestas indicaban que los países atribuían gran importancia a los códigos de prácticas y los códigos de prácticas de higiene por su utilidad para la industria, para las autoridades gubernamentales de reglamentación y para la redacción de nuevas leyes alimentarias. Algunos países estaban traduciendo el Codex a los idiomas nacionales para utilizarlos luego como instrucciones para los servicios de control de calidad y la indutria, y otros habían comunicado que un gran número de códigos eran plenamente aceptables.

132. El Comité Ejecutivo había expresado su satisfacción por la reacción positiva de los gobiernos respecto a la utilidad de los códigos de prácticas y códigos de prácticas de higiene del Codex en sus países. Sin embargo, se había lamentado el hecho de que relativamente pocos países hubieran respondido hasta entonces a la circular.

133. El Comité Ejecutivo había recomendado además que se revisaran periódicamente los informes sobre la utilización de los códigos, a través de los comités coordinadores regionales, y había pedido, en particular, que se estimulara a los países a que hicieran algunos estudios de casos sobre la medida en que los códigos habían contribuido a mejorar sus sistemas de distribución de productos.

134. La delegación de México informó a la Comisión de que muchos de los códigos, sobre todo los referentes a la carne y los productos cárnicos entrañaban gran interés: se consideraba que todos los códigos eran documentos de referencia inestimables, y que dichos textos se reflejaban en gran parte en la legislación alimentaria del país.

135. La delegación de los Estados Unidos declaró que se hacía amplio uso de los códigos en los servicios de inspección facultativa del pescado en los Estados Unidos, para mejorar la eficacia de los sistemas de elaboración y de control de calidad. Eran también de gran utilidad en la adaptación de los reglamentos federales de EE. UU. con miras a la armonización internacional de la reglamentación de los alimentos, como por ejemplo en el caso de los productos cárnicos elaborados.

136. La Comisión convino en que los códigos de prácticas constituían valiosas fuentes de información tanto para los países en desarrollo como para los desarrollados. La Comisión estuvo de acuerdo con la propuesta del Comité Ejecutivo de que se estimulara a los países a emprender algunos estudios de casos sobre la medida en que los códigos habían contribuido a mejorar sus sistemas de distribución de productos. Los informes sobre la utilización de los códigos deberían ser revisados por los comités coordinadores regionales.

Volumen actual de trabajo y probable labor futura de los comités del Codex

137. La Comisisión tuvo ante sí el documento ALINORM 85/42, que había sido preparado por la Secretaría con el fin de establecer el volumen actual de trabajo y la probable labor futura de todos los comités del Codex, para que la Comisión pudiera formarse una opinión sobre el número de reuniones que era razonable prever para cada comité. Al presentar el documento, la Secretaría señaló que se trataba básicamente de un documento de información. Declaró también que, a su juicio y por las razones expuestas en el documento, podía considerarse que la labor de los Comités del Codex sobre Asuntos Generales y de los Comités Coordinadores Regionales del Codex había de ser continuada. También estimaba la Secretaría que, habida cuenta del actual volumen de trabajo, algunos de los Comités de Productos del Codex, podrían suspender sus actividades sine die después de celebrar una o dos reuniones más (para detalles, véase ALINORM 85/42). La Secretaría informó también a la Comisión de que el Reino Unido se había mostrado de acuerdo en celebrar una reunión más del Comité del Codex sobre Grasas Y Aceites.

138. La delegación de la República Federal de Alemania, país huésped del Comité del Codex sobre la Carne, propuso que este comité, cuya última reunión se había celebrado en 1973, fuera disuelto. En vista de la decisión de establecer un nuevo Comité del Codex - el Comité del Codex sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos - la disolución del Comité del Codex sobre la Carne no significaría un aumento en la cifra total de comités del Codex. La Comisión aceptó la propuesta dela República Federal de Alemania y decidió disolver el Comité del Codex sobre la Carne.

Propuestas de la Federación Internacional de Lechería (FIL)

139. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 85/17, que fue presentado por el observador de la FIL. Este último hizo referencia a la decisión aprobada por la Comisión, en su 15o período de sesiones, en 1983, de que el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos Gubernamentales en el Código de Principios referente a la Leche y los Productos Lácteos celebrara sólo una reunión más, en 1986, para ultimar los trabajos pendientes, después de la cual, era de prever que aplazara sine die sus reuniones. El observador de la FIL hizo también referencia a los progresos tecnológicos y a la necesidad de revisar las normas para evitar que queden anticuadas. La FIL estaba atiendiendo a las propuestas de actualizar determinadas normas, pero probablemente no conseguiría terminar los trabajos en una sola reunión. Era necesario también elaborar códigos de prácticas y directrices en el sector lechero, para los países en desarrollo (podía encontrarse información más detallada al respecto en el documento ALINORM 85/17). Se necesitaban asimismo nuevos normas para algunos productos lácteos que estaban adquiriendo cada vez mayor importancia en el comercio internacional y que entrañaban especial interés para los países en desarrollo. Habida cuenta de todas esas circunstancias, el observador de la FIL pidió a la Comisión que reconsiderara su decisión de aplazar sine die las reuniones del Comité después de su reunión de 1986, y propuso que el Comité siguiera reuniéndose por lo menos cada cuatro años.

140. Las delegaciones de Noruega, EE.UU., Irlanda, Reino Unido, Países Bajos, Suecia, Suiza, Finlandia, Kenya, Francia, España y Canadá respaldaron la petición del observador de la FIL de no aplazar sine die las reuniones del Comité después de su reunión de 1986. La mayoría de las antedichas delegaciones aceptó una propuesta de la delegación del Reino Unido para que, en vez de cada cuatro años, el Comité sólo se reuniera cuando la labor a realizar lo exigiera realmente.

141. La delegación de Australia se opuso a la propuesta de la FIL. Manifestó que la continuación de las reuniones del Comité representaría una carga innecesaria para el presupuesto del Programa y opinó que únicamente deberían celebrarse nuevas reuniones (posteriores a la de 1986) del Comité, si algún país estaba dispuesta a hospedarlas.

142. La delegación de Nueva Zelandia declaró que su país había apoyado el Comité desde sus comienzos. Sin embargo, pensaba que sus reuniones deberían aplazarse sine die una vez concluidos sus trabajos. Estimaba que correspondía a la Comisión decidir si debería celebrarse una reunión con posterioridad a la de 1986.

143. En lo tocante a la cuestión de la asignación presupuestaria para reuniones del Comité de la leche posteriores a la de 1986, la Secretaría informó a la comisión de que sería posible asignar los recursos necesarios para que el Comité celebrara una reunión cada dos bienios.

144. La Comisión concluyó accediendo a revocar su anterior decisión de que las reuniones del Comité se aplazaran sine die después de su reunión de 1986. En cuanto a la celebración de reuniones posteriores a la de 1986, correspondería a la Comisión decidir, en función del programa de trabajos del Comité. Desde el punto de vista presupuestario las reuniones futuras del Comité posteriores a 1986 sólo podrían celebrarse con la periodicidad máxima de una reunión cada dos bienios.

Certificación de productos que se ajustan a las normas del Codex

145. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 85/46 que fue presentado por la Secretaría. La Comisión tuvo también a la vista las opiniones del Comité Ejecutivo sobre esta cuestión, que figuran en los informes de su 31 y 32 reuniones (ALINORM 85/3 y ALINORM 85/4).

146. La Comisión tomó nota de que, en su décimo período de sesiones, en 1974, al examinar este tema, había llegado a la conclusión de que “como era muy dudoso que se pudiera introducir una marca o símbolo del Codex y las ventajas que de ello pudieran derivar eran mucho menores que los posibles inconvenientes, esta cuestión no debería seguir examinándose” (ALINORM 85/46, párr. 2). La Comisión tomó nota también de que en la 31 reunión del Comité Ejecutivo el Consultor de la OMS, autor de un nuevo documento sobre el tema (véase ALINORM 85/46, párr. 1) había llegado a la conclusión de que la posición adoptada por la Comisión en su décimo período de sesiones “continuaba hoy siendo válida en gran parte” (ALINORM 85/46, párr. 3). El autor seguía declarando en su documento que “como las organizaciones no pueden actuar ellas mismas como organismos de certificación, tendría que hacerse esto a nivel nacional, basándose en los requisitos técnicos del Codex” (ALINORM 85/46, párr. 4). Prosiguiendo con el tema, el autor sugirió la posibilidad de que la CAC elaborara directrices o códigos de prácticas para este asunto, que pudieran ser útiles para los países miembros.

147. La Comisión tomó nota además de que el Comité Ejecutivo en su 31 reunión había “decidido pedir a la Secretaría que distribuyera una circular a los gobiernos preguntándoles si se necesitaba un sistema de certificación, si tal sistema debía ser internacional o nacional y qué cuestiones debían regularse en los certificados que se expidieran” (ALINORM 85/46, párr. 5). La Comisión hizo notar que sólo se habían recibido respuestas de cinco países y que todos menos una habían considerado que no era necesario ni viable establecer un sistema de certificación e inspección.

148. La Comisión acordó no proseguir con el examen de este tema.

Opiniones expresadas en la 31 y 32 reuniones del Comité Ejecutivo y opiniones expresadas por los Estados Miembros acerca de la orientación futura de la labor del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias

149. La Comisión tomó nota de las opiniones expresadas por el Comité Ejecutivo que aparecen en los informes de la 31 y 32 reuniones (ALINORM 85/3 y ALINORM 85/4) y de las opiniones expresadas por escrito por Irlanda, Nueva Zelandia, Noruega, Suecia, Suiza y Tailandia, contenidas en el documento ALINORM 85/38.

Trabajos futuros

150. El Presidente invitó a las delegaciones a que expresaran sus opiniones sobre las actividades futuras, a medio y largo plazo, del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias. El Presidente señaló que el número de miembros de la Comisión del Codex Alimentarius sigue en aumento y que los países que aún no han adquirido la condición de Miembros de la Comisión deben ser alentados a incorporarse a ella. Declaró también que la Secretaría estaba tratando de encontrar fuentes de financiación, con el fin de aumentar la participación de los países en desarrollo en las reuniones de los comités coordinadores del Codex.

151. El Presidente informó a la Comisión de que se había hecho la propuesta de que el Comité de Agricultura de la FAO incluyera en el programa de su próxima reunión un tema sobre la función de las normas y el control de la calidad de los alimentos en la inocuidad de los alimentos, la salud y el comercio.

152. La delegación de Kenya propuso que la FAO, la OMS y el PNUD buscaran recursos para que los gobiernos pudieran instalar los laboratorios y los medios de formación de personal necesario para aplicar las normas. Es especialmente difícil someter a control la aplicación de las disposiciones sobre aditivos alimentarios y residuos de plaguicidas.

153. El Presidente recordó a la Comisión que las peticiones relacionadas con escs recursos han de provenir de los gobiernos miembros y deben ser presentadas por conducto de los representantes de las organizaciones en los países. La cuestión debía ser suscitada tal vez también en los Organos Rectores de la FAO y la OMS y en el PNUD.

154. A juicio de la delegación de Canadá era necesario que se estableciera un plan de acción para que los documentos técnicos del Codex fueran más conocidos. Manifestó la delegación que el Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias había producido en parte el material técnico de más alta calidad conocido hasta ahora, pero que en muchos casos ese material no llegaba a conocimiento de las partes interesadas.

155. La delegación de Cuba recordó que en la cuarta reunión del Comité Coordinador para América Latina y el Caribe se examinó la posibilidad de introducir mejoras en los mecanismos funcionales de la Comisión. Las propuestas básicas consistieron en establecer un programa técnico para la Comisión y sus órganos auxiliares, a corto, medio y largo plazo, para el examen de los mecanismos de participación de los países en desarrollo en los órganos auxiliares; los mecanismos de aceptación de los documentos del Codex; la asistencia técnica a los países en desarrollo; la elaboración de directrices para una participación más efectiva en los comités del Codex y la formulación de un mandato en términos mucho más claros que los actuales sobre la labor de los comités coordinadores regionales. La delegación de Cuba recordó que el Coordinador para América Latina y el Caribe había hablado también sobre esta cuestión en la 32 reunión del Comité Ejecutivo, indicando que estos problemas fueran examinados en la próxima reunión del Comité del Codex sobre Principios Generales.

156. La delegación de México hizo varias propuestas relacionadas con la preparación de un programa anual de trabajo e información acerca de las actividades pasadas y futuras de los comités del Codex. La delegación estimó también que se debía publicar una guía anual con la lista de todos los puntos de contacto y los órganos auxiliares del Codex y de los órganos nacionales e internacionales cuyas actividades estuvieran relacionadas con la labor del Codex, así como una lista bimestral actualizada de los documentos del Codex. La delegación habló también de la necesidad de establecer programas concretos de asistencia entre países desarrollados y países en desarrollo miembros de la Comisión y de que tanto los organismos regionales y subregionales como otros organismos que trabajen en sectores relacionados con la labor del Codex asignen ayuda técnica y financiera para que, conjuntamente con las reuniones del Codex se celebren seminarios, cursos de adiestramiento, talleres, etc. sobre puntos concretos de interés. Mencionó también la conveniencia de establecer como en otros organismos internacionales de normalización, un órgano auxiliar para atender a los problemas y necesidades específicas de los países en desarrollo.

157. La delegación de Suecia señaló que la aceptación y aplicación de las normas era responsabilidad de los Estados Miembros y que debía fomentarse el intercambio de información entre países sobre las actividades del Codex. Estimó la delegación que era muy importante mantener una evaluación permanente de la labor del Codex, y también que los Estados Miembros mantuvieran una evaluación permanente de las actividades que en ellos se realicen de conformidad con las orientaciones expuestas en el informe del Comité Mixto FAO/OMS sobre Inocuidad de los Alimentos. La delegación apoyó la función propuesta, del Comité del Codex sobre Principios Generales, en cuanto a la promoción y aplicación de las normas del Codex. Los Comités Coordinadores Regionales tienen también una importante función que desempeñar con miras a fomentar la aceptación de las normas del Codex.

158. La delegación de Guinea preguntó si el Codex había emprendido alguna actividad en relación con las bebidas alcohólicas y las aguas minerales. Se informó a la delagación de que no se había emprendido ninguna actividad acerca de las bebidas alcohólicas, pero se había establecido una Norma Regional Europea para las aguas minerales naturales.

159. La delegación del Reino Unido juzgó que existía el peligro de que las normas del Codex se quedaran anticuadas debido a los rápidos progresos de la tecnología alimentaria. Era probable que, en el futuro, en lugar de preparar normas de composición fijas, se hiciera mayor hincapié en el etiquetado, para que proporcionase mayor cańtidad de información. A juicio de la delegación tal vez los próximos años sería necesario revisar las normas del Codex para incluir en ellas disposiciones de etiquetado más concretas. Otra cuestión que cobraría mayor importancia en el futuro, tanto en los países en desarrollo como en los desarrollados, era la de la nutrición. La delegación estimaba que la CAC debería estudiar la posibilidad de incrementar sus actividades destinadas a fomentar una nutrición mejor. La delegación señaló que se habían atribuido ya algunas competencias en el ámbito de los aspectos nutricionales de las labores del Codex al Comité del Codex sobre Alimentos para Regímenes Especiales.

160. La delegación de la India manifestó que para aplicar normas del Codex sería necesario hallar las formas y los medios de proporcionar la capacitación y el equipo adecuados. Sería también conveniente poner a prueba las normas y simplificarlas.

161. Al resumir el debate, el Presidente declaró que de las discusiones sobre el programa de trabajos futuros, su organización y su aplicación, habían surgido algunas ideas y sugerencias valiosas, que deberían ser examinadas atentamente. La CAC debía estar dispuesta en todo momento a introducir modificaciones que redundaran en una mayor eficacia. Teniendo presente el mandato de la Comisión, invitaba a los países miembros a que presentaran por escrito a la Secretaría otras opiniones sobre la cuestión, que debería incluirse también entre los temas del programa del Comité del Codex sobre Principios Generales.

162. Se pidió a la delegación del Reino Unido que preparara un documento en el que se estudiaran las posibilidades de ampliar la función de la CAC en lo que respecta a los aspectos nutricionales de la labor del Codex. La delegación se comprometió a preparar dicho documento para que fuera examinado por el Comité del Codex sobre Principios Generales.

Otros asuntos

163. No se hicieron otras sugerencias o propuestas con arreglo a este tema del programa fuera de las consideradas en el tema de trabajos futuros.

CODIGO DE ETICA PARA EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ALIMENTOS

Informe sobre el estado de aplicación del Código de Etica para el Comercio
Internacional de Alimentos

164. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 85/44 Parte I en el que figura un informe sobre los progresos realizados por los países en la aplicación del Código de Etica desde su 15o período de sesiones.

165. Se informó a la Comisión de que como resultado del envío de nuevas circulares referentes a la cuestión, habían contestado otros cuatro países (Argentina, Canadá, Irlanda y Suecia), señalando que las disposiciones de su legislación nacional estaban en líneas generales, en consonancia con las disposiciones del Código, o bien, habían manifestado una posición favorable en relación con el Código.

166. La Comisión pidió a la Secretaría que continuara en el empeño de obtener un número mayor de respuestas de los gobiernos en lo que atañe a la aplicación del Código.

Enmienda propuesta del Código de Etica para el Comercio Internacional de Alimentos
CAC/RCP 20-1979

167. La Comisión examinó el documento ALINORM 85/44, Parte II, que en su párrafo 6 recordaba la posición adoptada por el Comité Ejecutivo en su 31 reunión (Junio de 1984) 1 y que recogía también las opiniones de los Comités Coordinadores Regionales para Africa, Asia, América Latina y el Caribe, y para Europa, así como las de cinco gobiernos (Argentina, Irlanda, Nueva Zelandia, Suecia y Tailandia).

1 ALINORM 85/3, párr. 70.

168. La Comisión tuvo también ante sí el informe de la 32 reunión del Comité Ejecutivo (documento ALINORM 85/4), donde se recogían sus deliberaciones sobre las opiniones de los Comités Coordinadores Regionales y gobiernos expuestas en el documento ALINORM 85/44, Parte II, así como su decisión de mantener la posición que había adoptado en su 31 reunión en relación con las enmiendas propuestas.

169. Las enmiendas propuestas por el Consejo Ejecutivo eran las siguientes:

  1. Añadir un nuevo párrafo g) en el Preámbulo del Código de Etica como sigue:

    “g) El Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna estipula principios para la protección y promoción de la alimentación del lactante con leche materna, lo que constituye un aspecto importante de la atención primaria de salud”.
  2. Párrafo 5.9, que deberá redactarse como sigue:

    “5.9 Los alimentos para lactantes, niños y otros grupos vulnerables deberían ajustarse a las normas preparadas por la Comisión del Codex Alimentarius”.
  3. Párrafo 5.10 b) ; deberá redactarse como sigue:

    “b) La información relativa al valor nutritivo del alimento no deberá inducir a error”.

170. El Asesor Jurídico de la OMS, al presentar los mencionados documentos a la Comisión a instancia del Presidente, recordó que, después de la aprobación del Código de Etica por la Comisión en 1979, y del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna por la Asamblea Mundial de la Salud en 1981, se planteaba la cuestión de la plena compatibilidad de la sección 5.9 del Código de Etica con el Código de la OMS. La Comisión y el Comité Ejecutivo habían examinado en varias ocasiones la cuestión y se habían propuesto y examminado diversas enmiendas a diferentes niveles. El Comité Ejecutivo había acordado proponer las antedichas tres enmiendas, que se presentaban ahora a la Comisión para que adoptara una decisión definitiva.

171. El Presidente dio las gracias al Asesor Jurídico de la OMS y subrayó que había llegado el momento de que la Comisión adoptara una decisión. Pensaba que la Comisión debería acoger favorablemente las enmiendas presentadas por el Comité Ejecutivo. Invitó a las delegaciones que pudieran tener dudas sobre el texto propuesto a que expresaran sus opiniones. La delegación de Suecia, secundada por la delegación de Noruega, declaró que, a su juicio, habría sido preferible conservar el siguiente inciso (que actualmente figura en el Artículo 5.9 b) del Código de Etica):

“No deberían permitirse en forma alguna indicaciones que induzcan directa o indirectamente a la madre a no alimentar a su hijo con leche materna o que impliquen la idea de que los sucedáneos de la leche materna son superiores a la leche materna”.

172. La Comisión, después de tomar nota de las anteriores observaciones, decidió adoptar las enmiendas en la forma presentada por el Comité Ejecutivo.


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