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ANTEPROYECTO DE NORMA REVISADA PARA ALIMENTOS ELABORADOS A BASE DE CEREALES PARA LACTANTES Y NIÑOS PEQUEÑOS (Tema 7 del programa)[13]

88. El Presidente recordó al Comité que el 23° período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius devolvió el Anteproyecto de Norma Revisada al Trámite 3 para recabar más observaciones y su posterior consideración por este Comité.

89. El Representante de la OMS, refiriéndose a las observaciones escritas presentadas en el documento CX/NFSDU 00/7, informó al Comité de que la OMS recomendaba que los lactantes y los niños fueran alimentados exclusivamente con leche materna durante los primeros cuatro a seis meses de vida y que posteriormente empezaran a recibir alimentos complementarios, inocuos y nutricionalmente adecuados, al tiempo que seguían siendo amamantados hasta los dos años de edad o incluso más.

90. El Representante indicó que la recomendación de la OMS era objeto de continua revisión, que se basaba en la mejor información científica y epidemiológica disponible y que un intervalo de edades constituía un elemento esencial de esa recomendación basaba en la población. Indicó que había que satisfacer las necesidades nutricionales de cada lactante, de acuerdo con la recomendación anterior, en función de las circunstancias específicas de cada uno.

91. El Representante indicó que era fundamental que las instrucciones referentes a la edad recomendada para el uso de los productos incluidos en el Anteproyecto de Norma Revisada respetasen tanto el límite superior como el inferior del intervalo de edades de 4 a 6 meses. Señaló que para garantizar que la recomendación de la OMS sobre la alimentación de lactantes siguiera reflejando la información científica y epidemiológica más actualizada y aplicable mundialmente, estaba realizándose una revisión sistemática de la bibliografía científica pertinente, cuyos resultados estarían disponibles el año próximo. Se destacó que el estudio multicéntrico sobre el patrón crecimiento de la OMS se llevaba a cabo en seis países con la participación de más de 10.000 niños y que contribuiría a entender mejor el intervalo de edades durante el cual la leche materna por sí sola es suficiente para satisfacer las necesidades nutricionales de un lactante sano. Indicó que se dispondría de los resultados en el año 2003.

92. El Representante hizo hincapié en los tres temas adicionales pertinentes para las recomendaciones de la OMS sobre la alimentación de lactantes y para el trabajo de este Comité:

- primero, la OMS confiaba en que este Comité adoptaría posiciones que reflejaran las recomendaciones basadas en la información procedente de las organizaciones de que depende, y que si se modificasen en importancia los datos científicos y epidemiológicos, se cambiarían en consecuencia las disposiciones correspondientes de cualquier norma afín del Codex;

- segundo, había Estados Miembros que habían adoptado medidas más estrictas en lo que concierne a la edad recomendada para empezar con la alimentación complementaria y estos enfoques nacionales recibieron el aval de la OMS; esta posibilidad está explícitamente prevista en la última oración del párrafo 8.5.4 del Anteproyecto de Norma Revisada. Sin embargo, en el contexto de una Norma del Codex, debiera reflejarse la recomendación actual para la alimentación de lactantes basada en la población a nivel mundial; y

- tercero, era esencial que las etiquetas de los productos y el material de información conexo observaran escrupulosamente tanto el límite inferior como superior del intervalo de edades recomendado para la lactancia materna exclusiva y que, por consiguiente, para el Anteproyecto de Norma Revisada para alimentos elaborados a base de cereales para lactantes y niños pequeños debiera adoptarse el siguiente texto:

En la etiqueta deberá indicarse claramente que se recomienda la utilización del producto desde la edad de aproximadamente seis meses y no antes de los cuatro meses de edad.
93. La Delegación de la India se opuso firmemente a la referencia de “cuatro a seis meses” en vista de la información científica actual y expresó su preocupación por la declaración del Representante de la OMS. Esa Delegación recordó que por ese motivo no se había aprobado la Norma en el Trámite 5 durante el 23° Período de sesiones de la CCA y se había devuelto a este Comité para un nuevo examen. La Delegación destacó que la introducción prematura de alimentos complementarios iba en detrimento de las valiosísimas ventajas de la lactancia materna y también aumentaba los riesgos para la salud de los lactantes. Señaló asimismo que, dado que la norma era mundial, era fundamental tener en cuenta las necesidades de los lactantes y niños de los países en desarrollo reconociendo que la introducción prematura de alimentos complementarios podría acarrear graves consecuencias para la morbilidad y la mortalidad.

94. Muchas delegaciones propusieron que se dejase el examen del intervalo de edades hasta que se dispusiera de los resultados de las investigaciones de la OMS. Varias delegaciones dijeron que no estaban de acuerdo con la propuesta de esperar que finalizaran los estudios de la OMS, ya que no modificarían el fondo del problema, y que había mucha información científica favorable a que se introdujesen los alimentos complementarios “desde aproximadamente la edad de seis meses”.

95. El Representante del UNICEF confirmó que el estudio de la bibliografía científica que estaba realizando la OMS aclararía, a inicios de 2001, la cuestión de la edad para introducir los alimentos complementarios. Asimismo declaró la diferencia entre el Estudio multicéntrico de la OMS sobre el patrón de referencia, que llevaría a crear una nueva curva de crecimiento, y el estudio que se basa en los datos científicos disponibles.

96. La Delegación de México declaró que el Estudio multicéntrico de la OMS aportaría datos importantes para los patrones antropométricos pero que no podía ser concluyente para la recomendación relativa a la duración de la lactancia materna exclusiva puesto que debían tomarse en consideración otros factores importantes, como el problema de exponer demasiado pronto a los lactantes a las infecciones gastrointestinales y respiratorias, y las consecuencias de la lactancia materna exclusiva en la regulación de la fecundidad en la población.

97. La Delegación del Brasil indicó que sus observaciones escritas no reflejaban su posición actual y que debieran ignorarse; declaró que la edad de introducción de alimentos elaborados a base de cereales para lactantes y niños pequeños debiera ser “aproximadamente la edad de seis meses”, lo que correspondía a su política nacional. Indicó también que esto coincidía con lo recomendado en muchas publicaciones de la OMS y el UNICEF, y que los estudios de cohorte efectuados en el Brasil mostraron que los lactantes entre 3 y 5,9 meses de edad amamantados que recibían alimentación complementaria corrían un riesgo 3,4 veces mayor de ser hospitalizados por neumonía que aquellos que recibían sólo leche materna. La Delegación puso en entredicho la aplicabilidad del Estudio multicéntrico sobre el patrón de crecimiento de la OMS al debate sobre la edad de introducción de alimentos complementarios.

98. El Presidente señaló a la atención del Comité el hecho de que, por el momento, no podía lograrse un consenso sobre esta espinosa cuestión, y sugirió mantener entre corchetes el texto actual del Ámbito de aplicación “a partir de los cuatro a seis meses de edad”.

99. La Delegación de Ghana apoyó que se mantuvieran los corchetes para la edad de introducción en el Ámbito de aplicación e indicó que su país se atenía a la Resolución 47.5 de la Asamblea Mundial de la Salud, en la cual la edad de introducción de la alimentación complementaria se estipulaba desde aproximadamente la edad de seis meses. Estuvo a favor de seguir estudiando el Anteproyecto de Norma Revisada. Las Delegaciones de Botswana, Tanzanía y Kenya la apoyaron.

100. El observador de la IBFAN propuso que se pusieran entre corchetes ambas disposiciones, “a partir de los cuatro a seis meses de edad” y “desde aproximadamente la edad de seis meses”, y ello para reflejar la integralidad del debate.

101. La Delegación de la India recordó que la Comisión había devuelto el Anteproyecto de Norma al Comité para seguir debatiéndolo y que a este tema tan importante debiera dársele la atención que merecía. Expresó preocupación por el poco tiempo concedido para examinar este tema esencial del programa.

Situación del Anteproyecto de Norma Revisada para Alimentos Elaborados a Base de Cereales para Lactantes y Niños Pequeños

102. El Comité reconoció que a estas alturas no era posible lograr un consenso sobre el tema fundamental del Ámbito de aplicación y que no sería posible seguir progresando con la revisión durante la presente reunión. Por consiguiente, acordó mantener el Anteproyecto de Norma Revisada en el Trámite 4 para abordarlo en la próxima reunión y preguntó a la Comisión cómo proceder con respecto a este tema.


[13] CL 1999/20-NFSDU; CX/NFSDU 00/7 (observaciones de Alemania, Australia, Brasil, Cuba, Francia, Hungría, Indonesia, Italia, México, Noruega, Paraguay, Polonia, Reino Unido, República de Corea, Senegal, Singapur, Sri Lanka, Sudáfrica, Suiza, AOECS, ENCA, IBFAN, ISDI, OMS); CX/NFSDU 00/7Add.1 (El uso de aditivos alimentarios en alimentos elaborados a base de cereales para lactantes y niños pequeños, preparado por Alemania, Canadá, China, Eslovaquia, España, Estados Unidos, Francia, Países Bajos, Reino Unido, Rumania, Suiza, Uruguay, CE e ISDI); CX/NFSDU 00/7- Add.2 (observaciones de Argentina); CX/NFSDU 00/7- Add. 3 (observaciones de CE); CRD 3 (observaciones de IFAC); CRD 7 (observaciones de Canadá, India, Malasia, México, Tailandia, Uruguay, IFOAM); CRD 19 (observaciones de Estados Unidos, India, ILCA); CRD 29 (observaciones de Japón); CRD 30 (observaciones de Polonia); CRD 32 (observaciones de China).

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